BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 02/09/2013
Dra. SILVIA ELENA YÉCORA-Juez-Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2-Secretaría Nº 3, en el Expte. Nº B-247550/11, caratulado:”EJECUTIVO: SÁNCHEZ STELLA MARYS C/RUEDA MARGARITA OLGA Y OCHOA FERNANDO” hace saber al Sr. Fernando Ochoa que se ha dictado el siguiente proveído de fs. 77:”San Salvador de Jujuy, 02 de Agosto de 2013.-Atento a las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito que antecede presentado por el Dr. GUILLERMO D. NAVARRO, ordénese la notificación por edictos al demandado Sr. FERNANDO OCHOA las partes pertinentes de la providencia de fs.9 de autos, conforme lo prevee el Art. 162 del C.P.C. de la Provincia-Para el caso que el demandado Sr. FERNANDO OCHOA no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.-Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.) Fdo. SILVIA ELENA YÉCORA Juez-Ante mí: Dr. GUSTAVO MARCELO IBARRA-Secretario”.-PROVIDENCIA DE FS. 9: “San Salvador de Jujuy, 01 de Marzo de 2011.- Por presentado el DR. JAVIER SALVATIERRA, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la Sra. STELLA MARYS SÁNCHEZ, a mérito del poder general para juicios que en fotocopia debidamente juramentada adjunta.-Atento a las constancias de autos y a la demanda ejecutiva por cobro de pesos y a lo dispuesto por los Art. 472 inc. 4º, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra de los demandados SRA. MARGARITA OLGA RUEDA y SR. FERNANDO OCHOA, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución por la suma de pesos DIEZ MIL ($10.000,00) en concepto de capital reclamado, con más la suma de pesos CINCO MIL ($5.000) presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio.-En….-Asimismo cíteselo de remate para que en el término de CINCO (5) DÍAS, concurra por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaría Nº 3, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución.-Además…-Al efecto…-Asimismo, intímese al demandado para que en el término antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de TRES (3) KILÓMETROS, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art.52 del C.P.C.). Notifíquese (Art.154 del C.P.C.).-Fdo. DRA. MARISA E. RONDON-Juez Habilitado-Ante mí: Proc Gustavo M. Ibarra-Secretario. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local de amplia circulación por tres veces en cinco días.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de Agosto de 2013.-
30 AGO.02/04 SEPT. LIQ. Nº 113723 $ 60,00








