BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 02/09/2013

DRA. SILVIA ELENA YÉCORA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, SECRETARIA Nº 4, en el Expte. B-281487/12, Caratulado: EJECUTIVO CÁCERES REIMUNDA C/ASSAD OSCAR ALBERTO se procede a notificar por este medio al Sr. ASSAD OSCAR ALBERTO el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DE OCTUBRE DEL 2.012”.1-Téngase por presentada a Dra. CÁCERES REIMUNDA, por sus propios y por constituido domicilio legal. 2.-Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado ASSAD OSCAR ALBERTO, mandamiento de pago, ejecución y embrago por la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000) por capital reclamado, con más la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trabese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifesfestacion sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores , y cítese de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria 4, sito en calle INDEPENDENCIA Esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.3.-Al efecto comisiónase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario. Asimismo, intímase al demando, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C). 4.-Notifíquese (Art. 154 del C.P.C). Publíquese el presente edicto en el Boletin Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días. Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la última publicación. SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de JULIO de 2013.-

30 AGO.02/04 SEPT. LIQ. Nº 113705 $ 60,00