BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 02/09/2013

Dra. BEATRIZ JOSEFINA GUTIÉRREZ-JUEZ-Tribunal de Familia-Sala II-Vocalía V, en el Expte. Nº B-281.069/12, caratulado: “FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL: ARAMAYO MARCELA VIVIANA C/BAIGORRIA MARCELO ADRIÁN, hace saber al Sr. MARCELO ADRIÁN BAIGORRIA, que se ha dictado el siguiente PROVEÍDO: “San Salvador de Jujuy, 02 de Julio de 2.013.-Proveyendo el escrito que antecede y atento a las constancias de autos, ordénase la publicación de edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días el PROVEÍDO de Fs. 19 al Sr. MARCELO ADRIÁN BAIGORRIA, D.N.I Nº 23.459.779. Actuando el primer párrafo del art. 72 del C.P.C impónese al proponente la carga de confeccionar las diligencias respectivas para su posterior control y firma, el que deberá presentarse en Secretaría en el término de cinco días.-Notifíquese por cédula (Art. 155 del C.P.C) FDO. DRA BEATRIZ JOSEFINA GUTIÉRREZ-JUEZ-ANTE MÍ: DRA ANA CAROLINA BIDONDO-PROSECRETARIA. PROVEÍDO DE FS 19: San Salvador de Jujuy, 02 de Octubre de 2.013.-1º) Por presentada la Dra. CLAUDIA GRISELDA HERNÁNDEZ, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la Sra. MARCELA VIVIANA ARAMAYO, quien a su vez actúa en nombre y representación de su hija ALEXIA TAMARA ARAMAYO, a mérito del poder General que se acompaña.-2º) Dése a la presente acción de Filiación Extramatrimonial, el trámite del juicio ordinario escrito previsto por el art. 370 y sgtes. del C.P.C.-3º) Agréguese la documentación que se acompaña y téngase para su oportunidad.-4º)Atenta la demanda incoada en contra del SR. MARCELO ADRIÁN BAIGORRIA, de la misma traslado al accionado con las copias pertinentes, en el domicilio denunciado para que la conteste en el término de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de tenerla por contestada en los términos del art. 298 del C.P.C.-5º)Intímasele asimismo, para que en igual término constituya domicilio dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Tribunal de Familia, Vocalía Nº V, sito en calle Coronel Puch Nº 625 de esta ciudad, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C.-6º)Actuando el primer párrafo del art. 72 del C.P.C, impónese al proponente la carga de confeccionar los oficios respectivos para su posterior control y firma del Juzgado, el que deberá presentarse en Secretaría en el término de cinco días.-7º)Oportunamente dése intervención al Ministerio de Menores e Incapaces.-8º)Notificaciones en secretaria los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.9º)Notifíquese por cédula.-FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIÉRREZ-JUEZ-ANTE MÍ: DRA MARIA FLORENCIA CARRILLO-SECRETARIA-San Salvador de Jujuy, 22 de Agosto de 2013.-

30 AGO.02/04 SEPT. LIQ. Nº 113718 $ 60,00