BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 16/08/2013
Dr. JUAN PABLO CALDERÓN Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria N° 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. NºB-236402/10 caratulado, “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/IBÁÑEZ SUBIAURRE, ADELA”, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 03 de Julio de 2.013. AUTOS Y VISTOS:…RESULTA: CONSIDERANDO:…RESUELVE: -I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Firma CREDINEA S.A., en contra de la Sra. ADELA IBÁÑEZ SUBIAURRE, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: UN MIL SETECIENTOS DIECINUEVE ($1.719,00.-), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil) y el cincuenta por ciento (50 %) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago. II.-Regular los honorarios profesionales de la Dra. LUCIA DI PASQUO, en la suma de PESOS: UN MIL ($1.000,00.-), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada nº 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más IVA. si correspondiere. III.-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs.11, mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.-IV.-Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.V.-Imponer las costas a la vencida (Art.102 del C.P.C.).-VI.- Agregar copia en autos, protocolizar hacer saber por Edictos.-FDO-Dr. JUAN PABLO CALDERÓN, Juez, ante mi- Dra. OLGA BEATRIZ PEREIRA-Secretaria. Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en el término de cinco días.-SECRETARIA Nº 2: Dra. OLGA BEATRIZ PEREIRA.-San Salvador de Jujuy, 03 de Julio de 2.013.-
16/21/26 AGO. LIQ. Nº 113626 $ 60,00.








