BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 07/08/2013

DRA. SILVIA ELENA YÉCORA, Juez en lo Civil y Comercial de Primera Instancia Nº 2, Secretaría Nº 4, en el Expte. Nº B-284.043/12, caratulado: JUICIO EJECUTIVO: GARCÍA, ANABEL LUCIANA c/ CRUZ ERNESTO DIEGO, se procede a notificar por este medio al Sr. CRUZ ERNESTO DIEGO el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 9 de Noviembre de 2012 1.-Téngase por presentado al DR. BOFFANO HUMBERTO GUSTAVO, por parte y por constituido domicilio legal en nombre y representación de GARCÍA ANABEL LUCIANA, conforme lo acredita con el Poder Gral. Para juicios que arrima a la causa. 2.-Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472,, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado CRUZ ERNESTO DIEGO, mandamiento de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO por la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($1.200) por Capital reclamado, con mas la de PESOS SEISCIENTOS (600), calculados para responder a intereses legales y costas del presente juicios.-En defecto de pago trabese embargo sobre los bienes de propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley requierendosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y citesele de REMATE para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DÍAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, sito en calle INDEPENDENCIA esquina LA MADRID bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.-3.-Al defecto comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.-Asimismo, intímase al demandado para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.). 4.-Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.). Publíquese el presente edictos en el boletín oficial y en un Diario local en tres veces en CINCO DÍAS. Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la última publicación. San Salvador de Jujuy, 13 de Junio de 2013.-

05/07/09 AGO. LIQ. Nº 113562$ 60,00