BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 24/07/2013

Dr. ENRIQUE R. MATEO, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-92369/02“Ordinario por prescripción adquisitiva de dominio: Carlos MONTAÑO HAMAMME c/ Eliseo IBARRA” procede a notificar las resoluciones que a continuación se transcriben: Fs. 358/362: “En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los ocho días del mes de abril del año dos mil trece la Sala II de la Cámara en lo Civil y comercial de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: 1. Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Carlos Montaño Hamame en contra de Eliseo Ibarra; en consecuencia declarar que por la posesión de veinte años ha adquirido la propiedad del inmueble individualizado como Padrón A-4.645, Circunscripción 1, Sección 16, Manzana 11, Parcela 50, Matrícula A-47.945, ubicado en Avenida Bolivia Nª 2.797, Huaico Chico, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, según plano de mensura para formación de título aprobado por Resolución N° 02.111 de la Dirección General de Inmuebles el 11/04/02.-2. Imponer las costas del juicio al demandado. 3. Diferir la regulación de honorarios… 4. Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el artículo 541, en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la ley 5.486. 5. Firme y ejecutoriada la presente disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre de Carlos Montaño Hamame, a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección General de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título al demandante. 6. Notificar por cédula.Fdo. Dr. ENRIQUE R. MATEO-Juez Sala II CAM. CIV. Y COM.; Dr. JORGE D. ALSINA-Juez Sala II CAM. CIV. Y COM.; Dra. NOEMÍ A.D. DE ALCOBA-Juez Sala II CAM. CIV. Y COM.; ante mí: CESAR HORACIO BAREA-Prosecretario”.-FS.376/376 VTA:. “San Salvador de Jujuy, 26 de abril de 2013.- CONSIDERANDO:..RESUELVE: 1º) Hacer lugar a lo solicitado a fs. 375 y aclarar el punto 1) de la parte dispositiva de la sentencia de fs. 358/362 en el sentido que el inmueble a prescribir en solo una de la fracción de terreno de 220,50 metros cuadrados con los límites, superficies, coordenadas y demás datos técnicos contenidos en el Plano de Mensura Nº 02.111 aprobado por la Dirección General de Inmuebles el 11 de abril de 2002, fracción que se disgrega del lote de mayor extensión individualizado como Parcela Nº 50, Manzana 11, Circunscripción 1, Sección 16, Padrón A-4.645, Matrícula A-47.945, ubicada en Av. Bolivia Nº 2797, de esta Ciudad. 2º) Agréguese copia en autos, notifíquese por cédula, etc. Fdo. Dr. ENRIQUE R. MATEO-Juez Sala II CAM. CIV. Y COM.; Dr. JORGE D. ALSINA-Juez Sala II CAM. CIV. Y COM.; Dra. NOEMÍ A.D. DE ALCOBA-Juez Sala II CAM. CIV. Y COM.; ante mí: CESAR HORACIO BAREA- Prosecretario”.Publíquense edictos por TRES (3) veces en CINCO (5) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial, en letra 7b, sin agregados ni enmiendas.-SECRETARÍA, San Salvador de Jujuy, 25 de junio del 2013.-

19/22/24 JUL. LIQ. Nº 113503 $ 60.00