BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 15/07/2013
Dr. RICARDO SEBASTIÁN CABANA, Juez Civil y Comercial N° 4, Secretaria N° 7, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-245.460/10, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/SENIO, MARTÍN GABRIEL”. Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletin Oficial y un diario local, Tres veces en cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del Quinto día de la última publicación, a la parte demandada Sr. MARTÍN GABRIEL SENIO, D.N.I. N° 25.993.962, del proveído a fs. 95/96 vlta.: RESOLUCIÓN: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Mayo del 2013.-AUTOS Y VISTOS:..RESULTA:…CONSIDERANDO….RESUELVE: 1°) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO MACRO S.A., en contra del Sr. MARTÍN GABRIEL SENIO, D.N.I. N° 25.993.962, hasta hacerse el acreedor de integro pago de la suma de PESOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA CON NUEVE CENTAVOS ($ 17.330,09), con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B-145.731/05 (Sala I -Tribunal del Trabajo): Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro”, (L.A. 54, F° 673-678-N°235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios se fijarán en un 50% de los moratorios, más IVA. si correspondiere.-2°) Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 3°) Diferir la regulación de los honorarios profesionales correspondientes a los letrados intervinientes hasta tanto exista Planilla de Liquidación definitiva (Acordada N° 30/84 del Excmo. S.T.J.) y deber dar cumplimiento con la Resol. 689 de la A.F.I.P.-D.G.I. 4°) Notificar por Edictos y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 154 del C.P.C.).-5°) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. FDO. DR. R. SEBASTIÁN CABANA-Juez-Ante mi, Dra. MARIA VICTORIA NAJER-Pro-Secretaria”. Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un Diario local por TRES VECES en CINCO DÍAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Mayo de 2013. DRA. MARÍA VICTORIA NAGER-Pro-Secretaria.-
10/12/15 JUL. LIQ. Nº 112911 $ 60.00








