BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 03/07/2013

CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 16 días del mes de marzo de 2012, se reúnen los Sres. Socios de la razón social LÉXICO S.R.L.,  HUGO RUBÉN CALVÓ, argentino, DNI N° 12.464.970, casado en primeras nupcias con Ramona Román, Licenciado en Comunicación Social, de 55  años de edad; la Sra.  RAMONA ROMÁN, argentina, DNI N° 12.290.733, casada en primeras nupcias con Hugo Rubén Calvó, comerciante, de 55 años de edad; el Sr. JUAN PABLO CALVO, argentino, DNI N° 29.635.349, soltero, estudiante de 29 años de edad, el Sr. LEONARDO SALVADOR CALVÓ argentino, DNI N° 30.368.518, soltero, estudiante de 28 años de edad todos domiciliados en calle Necochea N° 356, 3° “5” de esta ciudad y la Srta. MARIA CECILIA IBÁÑEZ, argentina, DNI N° 29.404.337, periodista de 29 años de edad, soltera con domicilio en calle Almafuerte N° 42 del B° Belgrano de esta ciudad y el Sr. ABDÓN IGNACIO TORREZ, argentino, computador  Universitario de 40 años de edad, soltero domiciliado en calle Carlos Forest N° 876 del B° Lamadrid de la ciudad de Salta, con el OBJETO  de tratar la CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES pertenecientes a ABDÓN IGNACIO TORREZ y MARIA CECILIA IBÁÑEZ  en adelante LOS CEDENTES Y LA Sra. RAMONA ROMÁN en adelante LA CESIONARIA  sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: LOS CEDENTES Sr. ABDÓN IGNACIO TORREZ, CEDE Y TRASFIERE a favor de la CESIONARIA Sra. RAMONA ROMÁN, la cantidad de 130 cuotas partes que posee en la razón social LÉXICO S.R.L. lo que representa el diez por ciento (10%) del total de cuotas sociales y la Srta. MARIA CECILIA IBÁÑEZ, CEDE Y TRASFIERE a favor de la CESIONARIA Sra. RAMONA ROMÁN la cantidad de 13 cuotas partes que posee en la razón social LEXICO S.R.L. lo que representa el uno por ciento (1%) del total de cuotas sociales. LOS CEDENTES declaran bajo fe de juramento que sobre las cuotas que ceden no pesan embargo, prenda ni restricción alguna sobre las mismas y que declaran bajo juramento que no se encuentra Inhibidos para disponer de sus bienes. SEGUNDA: La presente CESIÓN se efectúa por la suma total y definitiva de Pesos mil trescientos ($1.300) para el Sr. ABDON IGNACIO TORREZ y la suma total y definitiva de Pesos ciento treinta ($130) para la Srta. MARIA CECILIA IBÁÑEZ, importe que LA CESIONARIA entrega en su totalidad  y que LOS CEDENTES reciben de plena conformidad, sirviendo el presente instrumento de suficiente Recibo y Carta de Pago en forma.- TERCERA: Los gastos, Honorarios, Sellado e Impuesto a las Ganancias que corresponde a la presente operación corren por cuenta de la CESIONARIA, lo que es consentido por la misma, dando conformidad.-CUARTA: Las partes,  se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta Provincia de Jujuy por cualquier divergencia que pudiera presentarse, con Renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo como domicilio los consignados en el encabezamiento. QUINTA: Los comparecientes por la presente autorizan al Dr. MARTÍN DURBAL JORGE a fin de que gestione y solicite la inscripción de esta cesión de cuotas sociales ante el Registro Público de Comercio. A tal efecto, lo facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dicho organismo estime procedentes, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos, igualmente se lo faculta para interponer en su caso, los recursos que la Ley 19.550, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y de la Provincia prevén, firmando, hasta lograr la inscripción definitiva. Bajo estas Cinco cláusulas y en prueba de conformidad, las partes firman DOS ejemplares del instrumento de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 16 días del mes de Marzo de 2012. Act. NOT. A-00895078 esc. Justo José ALFONSO Frías -TIT. REG. Nº 5, SS. de Jujuy

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.

San Salvador de Jujuy, 05 de Mayo de 2013.

MARTA ISABEL CORTE

Por habilitación al Juzgado de Comercio.

03 JUL. LIQ. Nº 112858 $ 60,00