BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 01/07/2013

DR JORGE DANIEL ALSINA JUEZ DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL SALA II, VOC Nº 05, en el EXPTE. Nº B-206992/09 caratulado: ORDINARIO POR COBRO DE PESOS CREDIMAS S.A. c/ CHIQUIAR GISELA PAOLA se hace saber a la Sra. CHIQUIAR GISELA PAOLA, se ha dictado el siguiente decreto que continuación se transcribe: se ha dictado el siguiente decreto: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009″. Por presentado el DR. JUAN PABLO ROMÁN CARNIELLIS, constituido domicilio legal en nombre y representación de la firma CREDIMAS S.A, a merito de fotocopia del poder juicio que acompaña. De la demanda ordinaria interpuesta, córrase traslado al accionado CHIQUIAR GISELA PAOLA, en el domicilio denunciado, para que las conteste dentro del término de QUINCE DÍAS de notificado, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hiciere. Intimase al accionado para que dentro del plazo señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de este tribunal, bajo apercibimiento de notificarle en lo sucesivo por Ministerio Ley. Notificaciones en Secretaria, Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. Actuando en autos el principio contenido en el Art 72, imponerse a la presentante la carga de confeccionar la notificación dispuesta, la que deberá ser presentada en secretaria para su control y posterior firma. FDO. Dres. JORGE DANIEL ALSINA-Pro- Secretaria- ANALIA LORENTE.-Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia TRES VECES EN CINCO DÍAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de abril de 2.013.

01/03/05 JUL LIQ Nº 112753 $ 60.00