BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 01/07/2013
La Dra. MARIA ROSA CABALLERO DE AGUIAR, Vocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº B-264355/11 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS. CANEPA HUMBERTO JULIO c/COMPAÑÍA MINERA PROVIDENCIA S.A.”, hace saber a la COMPAÑÍA MINERA PROVIDENCIA S.A. que se ha dictado la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de abril de 2013. Al escrito de fs. 71: Atento el informe actuarial y lo solicitado, dése a la accionada COMPAÑÍA MINERA PROVIDENCIA S.A., por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra. No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente por Edictos y las posteriores providencias por Ministerio de Ley.-A tales fines, publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y en un diario local por Tres Veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado a partir de la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.). Oportunamente, se designará al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes.-Al pedido de apertura a prueba, téngase presenta para su oportunidad.-Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. MARIA R. CABELLERO DE AGUIERA. Pte. de trámite, ante mí: Sra. MARIA T. BARRIOS-Secretaria”. Publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES en CINCO DÍAS, haciéndole saber que se tendrá por notificado a partir de la última publicación de los mismos (Art. 162 del C.P.C.). SAN SALVADOR DE JUJUY, junio 04 de 2013. Fdo. Dra. MARCELA VILTE-Secretaria.
28 JUN. 01/03 JUL. LIQ. Nº 112812 $ 60,00








