BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 01/07/2013
CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los siete días del mes de marzo del año dos mil trece, entre la señora MARIA BEATRIZ MONTENOVI, D.N.I. 22.420.541, soltera, con domicilio en calle Sarmiento N° 112 de esta Ciudad y el Señor HUGO VICENTE AGUILAR, D.N.I. 36.225.384, soltero, domiciliado en calle Reinamora N° 647 B° Los Perales de esta Ciudad. Ambos mayores de edad celebran de común acuerdo el presente CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES. PRIMERO: La señora MARIA BEATRIZ MONTENOVI cede y transfiere a señor HUGO VICENTE AGUILAR, quien acepta de plena conformidad, TREINTA (30) cuotas partes que posee en la razón social AÑOS LUZ HORIZONTE SRL lo que representa el cinto por ciento (5%) del total de cuotas sociales del paquete accionario que le pertenecen como integrante de la sociedad AÑOS LUZ HORIZONTE SRL, con domicilio legal en Necochea 248 e inscripta el 26 de Noviembre de 2010, en el Registro Público de Comercio al Folio N° 291- Acta N° 291 Libro III de SRL y en el Asiento N° 71, Folio 505/509 del Legajo XV-Tomo III del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL retirándose en consecuencia de la misma por propia decisión. SEGUNDA: La presente CESIÓN se efectúa por la suma total y definitiva de PESOS OCHO MIL ($8.000), importe que EL CESIONARIO entrega en su totalidad y que la CEDENTE recibe de plena conformidad, sirviendo el presente instrumento de suficiente Recibo y Carta de Pago en forma. TERCERO: La Sra. MARIA BEATRIZ MONTENOVI, manifiesta bajo fe de juramento no encontrarse inhibida para disponer de sus bienes, comprometiéndose la cedente a suscribir todos los instrumentos que fueren necesarios para inscribir en el Registro Público de Comercio la presente transferencia. CUARTO: La Señora MARIA MERCEDES DEL FRARI en su calidad de socia de AÑOS LUZ HORIZONTE S.R.L. da su conformidad a la presente cesión de cuotas a terceras personas, con la formalidad de la notificación prevista en la cláusula Décima Primera del contrato de Constitución de dicha sociedad, agregando que renuncia al derecho de preferencia previsto en el mismo. QUINTO: La administración y representación de la sociedad será ejercida por la socia MARIA MERCEDES DEL FRARI, quien revestirá el carácter de Socio Gerente. Representará a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan a la sociedad, en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines societarios. SEXTO: El señor HUGO VICENTE AGUILAR, otorga poder irrevocable a la señora MARIA MERCEDES DEL FRARI, para la administración de su cuotas societarias. SÉPTIMO: Los gastos, honorarios, Sellado e Impuesto a las Ganancias que corresponde a la presente operación corren por cuenta de EL CESIONARIO, lo que es consentido por la misma, dando conformidad. OCTAVO: Las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta Provincia de Jujuy, por cualquier divergencia que pudiera presentarse, con Renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo como domicilio los consignados en el encabezamiento. NOVENO: Los comparecientes por la presente autorizante al escribano MARIO ALEJANDRO PIZARRO fin de que gestione y solicite la inscripción de esta Cesión de cuotas sociales ante el Registro Público de Comercio. A tal efecto, lo facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dicho organismo estime procedentes, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos, igualmente se lo faculta para interponer en su caso, los recurso que la Ley 19.550, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y de la Provincia preveen, firmando también todos los escritos, documentos, y escrituras públicas que se requieran para tal fin, hasta lograr la inscripción definitiva.-En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha consignado precedente.- ACT. NOT A-00954023.-ESC. MARIO ALEJANDRO PIZARRO-TIT. REG. Nº 3-S.S. de Jujuy.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la 19550.-
San Salvador de Jujuy, 03 de Mayo de 2013.-
MARTA ISABEL CORTE
P/habilitación al Juzgado de Comercio
01 JUL. LIQ. Nº 112840 $60,00








