BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 14/01/15
EXPTE. Nº 719-058/94 y Agdos Nº 716-438/03 y Nº 716-659/09.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 NOV. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por reconocido a la Dra. María Caudelia Torres, CUIL 27-12618251-7, cargo categoría C (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, el derecho a la percepción del adicional por permanencia en el servicio guardia (30% sobre la categoría de ingreso), con retroactividad al 1º de julio de 1994, de conformidad a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.-Modificase el artículo 1º del Decreto Nº 6097-S-06, de fecha 7 de agosto de 2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º.-Téngase por reconocido a la Dra. María Caudelia Torres, CUIL 27-12618251-7, cargo categoría C (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, el adicional por permanencia en el servicio guardia (60% sobre la categoría de ingreso), por el período comprendido entre el 1º de julio de 1999 y el 30 de Junio de 2004, de conformidad a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 3º.-Téngase por reconocido a la Dra. María Caudelia Torres, CUIL 27-12618251-7, cargo categoría C (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, el adicional por permanencia en el servicio guardia (90% sobre la categoría de ingreso), a partir del 1º de julio de 2004, de conformidad a lo expresado en el exordio.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR