BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 28/06/2013
DRA. MARISA E. RONDON, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 SECRETARIA Nº 6, EN EL EXPTE. Nº B-221.844/10, CARATULADO: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/JARMA JOSÉ RUBÉN” se le hace saber al Sr. JARMA JOSÉ RUBÉN la siguiente RESOLUCIÓN: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DE MAYO DE 2013-1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por CREDINEA SA., en contra de JARMA, JOSÉ RUBÉN hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECISIETE C/60/100 CTVS. ($4.617,60) con más el interés de la tasa activa promedio que publica mensualmente el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (L.A.nº37–Fº1184/1188- Nº 538) desde la fecha de mora, y hasta el efectivo pago con más el 50 % de dicha en concepto de intereses punitorios de lo que resulte de los compensatorios.-2) Se difiere la regulación de honorarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos.-3) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 4) Hacer efectivo el apercibimiento decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese esta resolución por EDICTOS y las posteriores por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.).-5)Intimar al letrado a retirar el documento original, motivo de la presente ejecución, en el término de CINCO DÍAS de notificado bajo expreso apercibimiento de proceder a glosarlo a los presentes autos. 6) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.-FDO: DRA. MARISA E. RONDON-JUEZ-ANTE MI: SRA. NORMA I. FARACH DE ALFONSO-SECRETARIA-Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 14 de MAYO de 2013.-
24/26/28 JUN. LIQ. 112000 $ 60,00








