BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 12/06/2013
DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y comercial Nº 3-Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy en el EXPTE. N° B-264150/11 caratulado: “EJECUTIVO: SOSA, VÍCTOR RAÚL c/ OLIVERA, FERNANDO MARCELO”. hace saber al SR. OLIVERA FERNANDO MARCELO, el siguiente decreto que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DE NOVIEMBRE DE 2011.- Por presentado el Dr.: JORGE LUIS MANSILLA, por parte por constituido domicilio legal, para actuar en nombre y representación de VÍCTOR RAÚL SOSA, a mérito de la copia debidamente juramentada de sustitución de poder general para juicios que rola agregado en autos.-2- De conformidad con lo dispuesto por los Art. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérasele de PAGO EJECUCIÓN Y EMBARGO al demandado SR. FERNANDO MARCELO OLIVERA, en el domicilio denunciado, ($19.713.) en concepto de capital, con mas la suma ($ 9.856,50.), calculadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a personas de responsabilidad y arraigo con las facultades y prevenciones de ley, asimismo, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda y/o algún otro gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios y/o juez embargante.-Cíteselo de REMATE para que concurra a este Juzgado en lo Civil y Comercial Nro 3, Secretaria Nro 5 a oponer excepciones legítimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-Haciéndosele saber que las copias para traslado se encuentran en secretaria a su disposición.-córrasele TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo señalado se intimara a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.).-Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil.-A tal fin publíquense edictos en el boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.-DADO, SELLADO Y FIRMADO en la sala de mi Publico Despacho en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 26 días del mes de Marzo del Año Dos Mil Trece. Publíquese en Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS. Secretaria: Proc. MARTA BERRAZ DE OSUMA. Secretaria.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de MARZO DE 2013.
07/10/12 JUN. LIQ. 111874 $ 60,00








