BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 03/06/2013
MODIFICACIÓN DE CONTRATO SOCIAL: En San Salvador de Jujuy, a los veinticinco días del mes de abril de año dos mil once, se reúnen los SOCIOS de la empresa BLOKE S.R.L., Sres. Horacio Agustín Alcaraz D.N.I. 13.208.532,con domicilio en las América 1186 Bº Bajo la Viña; Ricardo Rubén Pérez, D.N.I. 14.291.017, con domicilio en Villafañe 586 Bº Coronel Arias y; Raúl Fernando Riccardi, D.N.I.13.348.334,domiciliado en José Manuel Estrada 480 Bº Los Perales; manifiestan que de conformidad a lo establecido en el ACTA DE REUNIÓN Nº 19, de fecha 20 de Abril de 2011, pasada en el Libro de Actas de Asamblea Nº 2, se ha dispuesto modificar la “CLÁUSULA CUARTA” del CONTRATO CONSTITUTIVO DE LA SOCIEDAD, quedando redactada de la siguiente manera:“CLÁUSULA CUARTA: Por este acto, se designa al Sr. RICARDO RUBÉN PÉREZ como único SOCIO-GERENTE de la Sociedad BLOKE S.R.L., facultándoselo a realizar toda gestión que resulte necesaria para la administración el mejor desenvolvimiento de la empresa. A su vez se dispone que los Sres. Horacio Agustín Alcaraz y Raúl Fernando Riccardi se desempeñen como representantes del SOCIO-GERENTE antes nombrado debiendo contar, a tales efectos, con PODER SUFICIENTE”. ACT. NOT. A 00971884, ESC. ANDREA CARINA LACSI ADS. REG. N° 25, S. S. DE JUJUY.
Ordénase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.
San Salvador de Jujuy, 20 de Mayo de 2013.
DR. RAMÓN ANTONIO SOSA
P/ HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO
03 JUN. LIQ. 111826 $ 60,00








