BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 08/05/2013

DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, JUEZ de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 Secretaria Nº 12 en el Expte. REF. EXPTE. Nº B-264708/11 caratulado: EJECUTIVO: CARSA S.A. c/ BURGOS DANIEL, se le hace saber al SR. BURGOS DANIEL el siguiente decreto: SAN SALVADOR de JUJUY, 16 DE DICIEMBRE DEL 2011.-Téngase por presentado a la Dra. JOSÉ MARIA VERA LAMBRISCA por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de CARSA S.A, a mérito del Poder Gral. para juicios que en copia juramentada acompaña a fs. 4/6.-Agréguese la copia simple de escritura Nº 283 de cesión de honorarios de la que da cuenta.- Atento a lo solicitado, lo manifestado y lo dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra del demandado BURGOS DANIEL mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de $ 1308,22 en concepto de capital reclamado, con más la de $262 presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de y negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Juez de Paz del el Carmen de con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario..-Notificaciones (Art. 154 del CPC) FDO DRA MARIA CRISTINA MOLINA LOBROS JUEZ ANTE MI SECRETARIA MARCELA FICOSECO PROSECRETARIA. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local, por TRES VECES en CINCO DÍAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Febrero de 2012.-

06/08/10 MAY. LIQ. Nº 110702$ 60,00