BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 06/05/2013
CONTRATO DE CESIÓN DE CUOTAS DE LA RAZÓN SOCIAL EMER SRL: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los seis días del mes de julio de 2005, entre RAÚL ESTEBAN ZARIF, argentino, casado, D.N.I. Nº 16.186.582, contado público nacional, con domicilio en Presidente Illia 976 de esta ciudad, en adelante EL CEDENTE, por una parte y por la otra JORGE RENÉ SARIF, argentino, casado, D.N.I. Nº 16.186.583, contador público nacional, con domicilio en Alvear 846 de esta ciudad y SALVADOR ARMANDO MEYER, argentino, soltero, D.N.I. N° 12.005.467, contador público nacional, con domicilio en José de la Iglesia 1048 de esta ciudad, en adelante LOS CESIONARIOS, convienen lo siguiente: Primero: El cedente cede y transfiere a los cesionarios, y éstos aceptan de plena conformidad, cuarenta y cuatro (44) cuotas sociales que les corresponden en EMER S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio al Folio 486, Acta N° 483 del Libro I de Sociedades de Responsabilidad Limitada en 10 de octubre de 1997 y bajo Asiento N° 14 del Folio 70/75, del Legajo 111, Tomo” del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 10 de octubre de 1997. El cedente declara que no existen sobre estos derechos impedimentos legales ni inhibiciones que impidan la presente operación. Segundo: El precio total del contrato se establece en PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS ($4.400), adquiriendo Jorge René Zarif la cantidad de veintidós (22) cuotas a un valor de Pesos Dos Mil Doscientos ($2.200) y Salvador Armando Meyer la cantidad de veintidós (22) cuotas a un valor de Pesos Dos Mil Doscientos ($2.200), abonándose en este acto el total del importe mencionado. Tercero: Los impuestos y tasas que gravan esta cesión, así como los gastos de inscripción en el Registro Público de Comercio, serán soportados en forma proporcional por las partes intervinientes. Cuarto: La titularidad de las cuotas partes que vende el cedente a los cesionarios les confieren a éstos todos los derechos y le transfieren las obligaciones derivadas del status jurídico que antes le correspondían. Quinta: Por su parte María Elena Zurueta, cónyuge en primeras nupcias del señor Raúl Esteban Zarif presta su expresa conformidad a la presente cesión. En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto, en el lugar y fecha ambo indicados. Act. Not. A-00368425.-ESC. SILVINA A. BURGOS -TIT. REG. Nº 50-S.S. Jujuy.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.
San Salvador de Jujuy, 15 de febrero de 2013.-
MARTA ISABEL CORTE,
P/ Habilitación al Juzgado de Comercio.-
06 MAY. LIQ. Nº 111544 $ 60,00.-








