BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 27/03/2013

DR. JUAN PABLO CALDERÓN, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° UNO – SECRETARIA N° DOS, en los autos caratulados B-239822/10: EJECUTIVO: BURGOS RAMÓN MIGUEL C/ VILLA BAREIRO MARIA ESTANISLADA se hace saber la siguiente Resolución de fs. 38/39: S. S. DE Jujuy, 04/03/13: AUTOS Y VISTOS:..RESULTA:..CONSIDERANDO:…RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sr. RAMÓN MIGUEL BURGOS, en contra de la Sra. MARIA ESTANISLADA VILLA BAREIRO, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 00/100 CTVOS. ($ 3.640.00), con mas las costas del Juicio, el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil) y desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Regular lo honorarios profesionales del Dr. MARTÍN MODENA, en la suma de PESOS: UN MIL CON CERO CTVOS. ($ 1.000,00) por la labor desarrollado en autos, conforme la Acordada N° 16/2011, del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengarán un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforma a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. N° 54, F° 673/678, N° 235, en Expte. N° 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. N° B-145731/05¨(Sala I del Tribunal del Trabajo),

Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro), con mas I.V.A. si correspondiere.- III.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 08 de autos, mandándose notificar la presente Resolución por edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. IV.- Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glozar el mismo al expediente. V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.) VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, etc…- FDO. DR. JUAN PABLO CALDERÓN – JUEZ- ANTE MI DRA. MARIA MERCEDES NÚÑEZ ÁNGEL – PROSECRETARIA.-A tales efectos publíquense EDICTOS en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DÍAS.- SECRETARÍA N° 2: 08 DE MARZO DEL 2013 Maria Mercedes Núñez Ángel – Prosecretria.-

25/27 MAR. 3 ABR LIQ. Nº 108968 $ 60,00.-