BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 15/03/2013

El Tribunal de Familia Vocalia III de la Provincia de Jujuy, en el Expte No B- 146975/06, CARATULADO: DIVORCIO VINCULAR SÁNCHEZ HUGO RUBÉN c/ OTAOLA MARIA CRISTINA, notifica por este medio a la demandada, OTAOLA MARIA CRISTINA el siguiente DECRETO: “SAN SALVADOR DE Jujuy, 10 de Abril de 2006-I Por presentado el Sr. HUGO RUBÉN SÁNCHEZ, por constituido domicilio legal con el patrocinio letrado del Dr. Oscar Rubén Cabrera.II Admítase la presente demanda de DIVORCIO VINCULAR, la que se tramitará de conformidad al procedimiento de Jucio ordinario (Art. 370 del C.P.C y C.- II A la documentación, agréguese y téngase presente para su oportunidad. IV.- Confiérase traslado de la demanda a la accionada Sra. Maria Cristina Otaola DNI Nº 5.259.212 POR EL TÉRMINO DE quince días con las copias respectivas y en el domicilio denunciado, bajo apercibimiento de tenerlo por contestado si no lo hiciere (art. 298 del C.P.C y C. V.- Intímasela para que en igual término constituya domicilio dentro de los tres días del asiento de este Tribunal de familia, Vocalia III, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley, todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C yC. VI.- Notificaquese. Art. 155 del C.P.C. y C.- Notifíquese. FDO. Dra. MARIA DEL CARMEN GÓMEZ CARDOZO DE PUCH Juez, Ante mi Dra. SANDRA M.G RAMÍREZ. Secretaria DECRETO de fs.26. SAN SALVADOR DE Jujuy, diciembre 12 de 2012.Atento a lo solicitado y las constancias de autos, notifíquese al demando mediante la publicación de Edictos en un diario local y en el Boletin oficial por tres veces en cinco días Notificase) art.155 del CPC y C.- Fdo: Dr. SERGIO M CAU LOREIRO- JUEZ HABILITADO, ANTE MI DRA SANDRA RAMÍREZ- SECRETARIA.-

15/18/20 MAR. LIQ. Nº 108906 $ 60,00.-