BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 13/03/2013
DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-259576/11, caratulado: “EJECUTIVO: IRIARTE, JOAQUÍN c/ GARCÍA, SANTIAGO MILTON”, hace saber al SR. GARCIA, SANTIAGO MILTON, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DE DICIEMBRE DEL 2.011.- Téngase por presentado al DR. GUSTAVO JOSE RUGGERI por constituido domicilio legal, por parte en nombre y representación de JOAQUIN IRIARTE conforme lo acredita con la copia de poder para juicio que acompaña.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Art. 472, 478, 480 del C.P.C. LIBRESE en contra de SANTIAGO MILTON GARCIA, MANDAMIENTO de requerimiento de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO por la suma de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO ($13.638) en concepto de capital, con más la suma de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE ($6.819) calculadas para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial al propio afectado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítesele de REMATE, para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 Secretaría Nº 5 sito en calle INDEPENDENCIA ESQUINA LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Al efecto comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímese al demandado para que en el mismo plazo antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS, del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.). Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.). FDO. DRA. MARISA E. RONDON-JUEZ-ANTE MÍ: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA-SECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.- SECRETARIA: SEC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de NOVIEMBRE de 2.012.-
08/11/13 MAR. LIQ. Nº 108818 $ 60,00.-








