BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 06/03/2013

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 7, SERECTARIA N° 14, en el Expte. N° B-277.645/12, caratulado: “EJECUTIVO: CARLOS ALFREDO JURE C/ ELIAS HAMMAME”, se hace saber al demandado SR. ELIAS HAMMAME, la siguiente PROVIDENCIA: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de Noviembre de 2012.- Téngase presente el informe actuarial que antecede.- Proveyendo a la presentación de fojas 25: I.- Atento lo manifestado y constancias de fojas 10 vta., 18 y 20), notifíquese la providencia de fojas 8 al accionado mediante Edictos –Art. 162 del C.P.C.- Notifíquese –Art. 154 del C.P.C. y expídase edictos.- Fdo.: DRA. AMALIA I. MONTES-JUEZ. Ante mí: PROC. MARIA ANGELA PEREIRA-Secretaria”.-PROVIDENCIA DE FOJAS 8: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Agosto de 2012.- I.-…- II.- Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los artículos 472 inc. 4, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra de la demandada ELIAS HAMMAME, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO con 04/100 ($ 2.235,04.-), en concepto de capital con mas la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA con 51/100 ($ 670,51.-), calculada provisoriamente para acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo, cíteselo de remate para que en el termino de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaría N° 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual termino que el antes mencionado, con la copia respectiva, y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en los sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 52 del ítem)….- Fdo.: DRA. AMALIA I. MONTES – JUEZ. Ante mí: PROC. MARIA ANGELA PEREIRA – Secretaria”.- Publíquese Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- SECRETARIA: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de NOVIEMBRE de 2012.-

04/06/08 MAR. LIQ. Nº 109793 $ 60,00.-