BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 06/03/2013
DRA. MARISA RONDON, Juez Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-259375/11 Caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ ABAN GRACIELA se procede a notificar por este medio a la SRA. ABAN GRACIELA el siguiente proveído: SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DE DICIEMBRE DEL 2012”.- 1.-Téngase por presentado al DR. JOSE VERA LAMBRISCA, por parte y por constituido domicilio legal en nombre y representación de CARSA S.A, conforme lo acredita con el Poder Gral. Para Juicios que arrima a la causa. 2- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C.,líbrese en contra del demandado ABAN GRACIELA, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS DOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 21/100 CENTAVOS ($2.332,21) por capital reclamado, con mas la suma de PESOS UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 10/100 CENTAVOS($1.166,10), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bines embargados registran algún gravamen, y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de REMATE para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en el juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, sito en calle INDEPENDENCIA Esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-3- Al efecto comisionase al Sr. Juez de Paz, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.- Asimismo, intimase al demandado, para que en el plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).-4- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C).- Publíquese el Presente Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local TRES VECES en CINCO DÍAS.-Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de diciembre de 2012.-
01/04/06 MAR. LIQ. Nº 108224 $ 60,00.-








