LEY Nº 2204
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2204
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la suma de Cien
mil pesos moneda nacional ($100.000.- m/n.) con destino a sufragar los
gastos que ocasionen en la organización y desarrollo del Segundo
Campeonato Argentino de Básquetbol Femenino a realizarse en al Ciudad
de San Salvador de Jujuy en la segunda quincena del mes de octubre del
año en curso.
ARTICULO 2.- La suma autorizada por el artículo anterior se tomará de
los fondos acumulados por economías.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, JUJUY, 30 de Setiembre de 1952.-
MARCOS R. PAZ EMILIO A. NAVEA
Prosecretario Presidente