BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 04/01/2013
ESCRITURA NUMERO OCHENTA Y CUATRO N° 84 TRANSFERENCIA DE INMUEBLES COMO APORTE DE CAPITAL MANUEL ALEJANDRO PEREZ A FAVOR DE “MANUEL PEREZ e HIJO DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L” (EN FORMACION). En la Ciudad de San Salvador de Jujuy Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil doce, ante mí, VILMA CAROLINA VILLAFANI, Escribana Publica Nacional Adscripta al Registro Notarial numero veinte, con asiento en ésta ciudad, comparecen: MANUEL ALEJANDRO PEREZ, Argentino, Documento nacional de identidad número 27.726.839; CUIT N° 20-27726839-7 ,casado en primeras nupcias con María Fernanda Rodríguez, de 32 años de edad, Abogado, domiciliado en calle Senador Pérez n° 13 de esta Ciudad; y MANUEL HORACIO PEREZ, Argentino, Documento nacional de identidad número 8.302.712, CUIT N° 20-08302712-7 ,viudo de sus únicas nupcias con Analía Noemí Buscaglia, de 61 años de edad, Ingeniero Civil, ,domiciliado en Avenida 19 de Abril Nº 1025 de esta Ciudad. Ambos comparecientes son personas mayores de edad, capaces para este acto a quienes identifico en los términos del Artículo 1002 inc. c) del Código Civil doy fe, como así la doy de que intervienen Manuel Alejandro Pérez, en ejercicio de sus propios derechos y Manuel Horacio Pérez lo hace en nombre y representación de la razón social: “MANUEL PEREZ e HIJO DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.”- (en formación) con domicilio social, legal y administrativo, en Avenida 19 de Abril número mil ochenta y siete de esta Ciudad, a mérito del Contrato Social Constitutivo, que suscriben ambos socios, mediante escritura número 82 pasada ante mí, en el día de la fecha y que antecede a la presente doy fe. EXPOSICION: Manuel Alejandro Pérez, es propietario de los siguientes bienes inmuebles ubicados, en Barrio San Pedrito, de esta Ciudad Departamento Doctor Manuel Belgrano. Los mismos de conformidad a titulo se individualizan de la siguiente manera: 1) LOTE 99-a-6 de la MANZANA 8, hoy catastrado como CIRCUNSCRIPCION 1- SECCION 11- MANZANA 37- PARCELA 22- PADRON A-13525, registrado bajo Matricula A-18547y consta de las siguientes características:- mide frente al OESTE seis metros cincuenta centímetros por donde limita con Pasaje; seis metros sesenta y dos centímetros de contrafrente al ESTE por donde limita con parte del lote 99-b, hoy parte de la parcela 78; en su costado NORTE veintinueve metros setenta y dos centímetros por donde limita con lote 99-a-5, hoy parcela 21; y en su costado SUR, treinta metros noventa y seis centímetros, limitando con lote 99-a-7, hoy parcela 23, lo que encierra una superficie total de Ciento noventa y siete metros cuadrados, dos mil cien, centímetros cuadrados.- VALOR FISCAL:- PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS OCHO- ($ 25.708.-). 2) Se individualiza como LOTE 99-a-7 de la MANZANA 8, hoy catastrado como CIRCUNSCRIPCION 1- SECCION 11- MANZANA 37- PARCELA 23- PADRON A- 13526, registrado bajo Matrícula A-18548 y consta de las siguientes características:- mide frente al OESTE siete metros por donde limita con Pasaje; en su contrafrente al ESTE siete metros trece centímetros por donde limita con parte del lote 99-b, hoy parte de la parcela 78 y 16; en su costado NORTE treinta metros noventa y seis centímetros por donde limita con lote 99-a-6, hoy parcela 22; y en su costado SUR, treinta y dos metros treinta centímetros limitando con lote 99-a-8, hoy parcela 24, lo que encierra una superficie total de doscientos veintiún metros cuadrados, cuatro mil cien centímetros cuadrados.- VALOR FISCAL:-Pesos Veintitrés mil ochocientos noventa y nueve- ($ 23.899.-). 3) LOTE 99-a-11 de la MANZANA 8, hoy catastrado como CIRCUNSCRIPCION 1- SECCION 11- MANZANA 37- PARCELA 27- PADRON A- 13530, registrado bajo Matrícula A-18552 y mide frente al OESTE ocho metros por donde limita con Pasaje; en su contrafrente al ESTE ocho metros catorce centímetros por donde limita con parte del lote 99-b, hoy parte de la parcela 16; en su costado NORTE treinta y cinco metros sesenta y un centímetros por donde limita con lote 99-a-10, hoy parcela 26; y en su costado SUR, treinta y ocho metros catorce centímetros limitando con lote 99-a-12, hoy parcela 28, lo que encierra una superficie total de doscientos noventa y nueve metros cuadrados.- VALOR FISCAL:- Pesos Cuarenta y siete mil seiscientos treinta y seis ($ 47.636). 4) LOTE 99-a-10 de la MANZANA 8, hoy catastrado como CIRCUNSCRIPCION 1- SECCION 11- MANZANA 37- PARCELA 26- PADRON A- 13529, registrado bajo Matrícula a-18551 y mide frente al OESTE ocho metros por donde limita con Pasaje; en su contrafrente al ESTE ocho metros catorce centímetros por donde limita con parte del lote 99-b, hoy parcela 16; en su costado NORTE treinta y cinco metros ocho centímetros por donde limita con lote 99-a-9, hoy parcela 25; y en su costado SUR, treinta y cinco metros sesenta y un centímetros limitando con lote 99-a-11, hoy parcela 27, lo que encierra una superficie total de doscientos ochenta y seis metros cuadrados, siete mil seiscientos centímetros cuadrados.- VALOR FISCAL:- Pesos Veintisiete mil cuatrocientos ($ 27.400.-). 5) LOTE 99-a-8 de la MANZANA 8, hoy catastrado como CIRCUNSCRIPCION 1- SECCION 11- MANZANA 37- PARCELA 24- PADRON A- 13527, registrado bajo Matrícula a-18549 y mide frente al OESTE siete metros por donde limita con Pasaje; en su contrafrente al ESTE siete metros trece centímetros por donde limita con parte del lote 99-b, hoy parte de la parcela 16; en su costado NORTE treinta y dos metros treinta centímetros por donde limita con lote 99-a-7, hoy parcela 23; y en su costado SUR, treinta y tres metros sesenta y cuatro centímetros limitando con lote 99-a-9, hoy parcela 25, lo que encierra una superficie total de doscientos treinta y nueve metros cuadrados, siete mil novecientos centímetros cuadrados.- VALOR FISCAL:- Pesos Cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y nueve ($ 40.449). 6) LOTE 99-a-9 de la MANZANA 8, hoy catastrado como CIRCUNSCRIPCION 1- SECCION 11- MANZANA 37- PARCELA 25- PADRON A- 13528, registrado bajo Matrícula A-18550 y mide frente al OESTE siete metros cincuenta centímetros por donde limita con Pasaje; siete metros sesenta y cuatro centímetros de contrafrente al ESTE por donde limita con parte del lote 99-b, hoy parte de la parcela 16; en su costado NORTE treinta y tres metros sesenta y cuatro centímetros por donde limita con lote 99-a-8, hoy parcela 24; y en su costado SUR, treinta y cinco metros ocho centímetros, limitando con lote 99-a-10, hoy parcela 26, lo que encierra una superficie total de Doscientos cincuenta y siete metros cuadrados, siete mil centímetros cuadrados.- VALOR FISCAL:- Pesos Treinta y nueve mil ochocientos treinta y seis ($ 39.836 ). ESTIPULACIÓN: Manuel Alejandro Pérez, dice que cumplimentando los términos del articulo cuarto DE CAPITAL SOCIAL del CONTRATO SOCIAL SUSCRIPTO en éste mismo acto mediante escritura número 82 del día de la fecha y que antecede a la presente, y a fin de dar cumplimiento a la obligación de integrar el aporte conforme el articulo 149 de la Ley 19550, y requerir su inscripción conforme lo determina el articulo 38 de la Ley 19550, el señor Manuel Alejandro Perez, TRANSMITE A TITULO DE APORTE a favor de “MANUEL PEREZ e HIJO DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.”(SOCIEDAD EN FORMACION), los bienes inmuebles anteriormente individualizados cuyas características se detallaron precedentemente. REALIZA este aporte por el valor total y convenido de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($ 270.000), totalmente entregados y recibidos en las cuotas sociales antes mencionadas, por cuya razón se otorga por el presente instrumento formal recibo y carta de pago total por el precio del aporte.- Transfiere en consecuencia a la razón social en formación todos los derechos inherentes al dominio y posesión de los inmuebles, dominio pleno obligándose por evicción y vicios redhibitorios.- ACEPTACION:- Por su parte el señor Manuel Horacio Perez en nombre y representación de la razón social “MANUEL PEREZ e HIJO DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.” (SOCIEDAD EN FORMACION), expresa que acepta la transferencia realizada a favor de su representada en los términos que anteceden, agregando que la posesión real de lo adquirido fue recibida libre de todo ocupante e inquilino, en el día de hoy. IMPUESTOS Y TASAS El señor Manuel Horacio Perez en nombre y representación de la razón social “MANUEL PEREZ e HIJO DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.” (SOCIEDAD EN FORMACION) manifiesta que las sumas adeudadas por impuestos, tasas, mejoras y demás contribuciones que gravan el inmueble objeto de este acto, las asume en forma expresa y total de lo que deja constancia en el presente instrumento, eximiendo en consecuencia de toda responsabilidad a la Escribana Autorizante de solicitar los libres deudas correspondientes. DECLARACION COMPLEMENTARIA:- Los socios Manuel Horacio Pérez y Manuel Alejandro Pérez, hacen constar a los efectos legales que los valores aportados, corresponden a los valores en plaza lo que acreditan mediante la correspondiente tasación por perito habilitado, la que tengo a la vista para este acto y queda incorporada al Legajo de comprobantes de este protocolo a mi cargo doy fe.- ASENTIMIENTO CONYUGAL:- Declara el socio aportante que los bienes que transfiere le corresponden como propio, no estando comprendidos dentro de las prescripciones del artículo 1277 del Código Civil en ninguna de sus partes.- CONSTANCIAS NOTARIALES:- Título.- CORRESPONDE a Manuel Alejandro Perez los inmuebles de referencia, por Donación que a su favor le hiciera su padre don Manuel Horacio Perez, según así consta en escrituras números 28, 30 y 32, de fecha 27 de abril del año 2012 y 34, 36 y 38 de fecha 30 de abril del año 2012, todas pasadas por ante mi, Escribana autorizante registrado sus testimonios bajo las matriculas ya relacionadas.- CERTIFICADO DE LEY que bajo números 10652, 10651, 10655, 10654, 10650 y 10653 de fecha 2 de agosto del presente año expedido por el Registro Inmobiliario de esta Provincia resulta que el dominio se encuentra inscripto en la forma antes expresada que el mismo no se encuentra embargado y no registra ningún genero de gravámenes ni otros derechos reales, que el transmitente no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes. IMPUESTO A LAS TRANSFERENCIA DE INMUEBLES DE PERSONAS FISICAS Y SUCESIONES INDIVISAS: Conforme lo establecido por el artículo 16 de la Resolución 2371 AFIP, no se solicitó el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI), por no alcanzar el valor del inmueble el mínimo vigente por la nombrada disposición.- Se deja constancia que se retiene la sume de Pesos Cuatro mil cincuenta ($ 4.050) en concepto de retención al Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas Ley 23905 y sus modificaciones. Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes como acostumbran hacerlo por ante mi que certifico y doy fe. Hay dos firmas que pertenecen a MANUEL HORACIO PEREZ Y MANUEL ALEJANDRO PEREZ. Esta mi firma sobre un sello notarial que dice: VILMA CAROLINA VILLAFANI, Escribana Adsc. N° 20 S.S de Jujuy CONCUERDA: con su Escritura matriz que pasó ante mí al folio Ciento diecisiete, ciento dieciocho,y ciento diecinueve del Protocolo “A” de la Adscripción al Registro Notarial numero veinte de este año a mi cargo, doy fe. Para LOS INTERESADOS expido este PRIMER TESTIMONIO, en cuatro fojas debidamente habilitadas con el sellado de Ley correspondiente, que firmo y sello en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los dieciocho días del mes de Agosto del año dos mil doce.- ESC. VILMA CAROLINA VILLAFANI, ADS. REG. Nº 20, S.S. DE JUJUY.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la ley 19550.
San Salvador de Jujuy, 12 de diciembre de 2012.-
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-
04 ENE. LIQ. Nº 108065 $ 58,00.-








