BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 02/01/2013

DRA. CRISTINA MARCO-JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° UNO – SECRETARIA N° DOS, en los autos caratulados B-233555/10: EJECUTIVO: BANCO MAS VENTAS S.A. c/ AQUINO, GASTON JORGE RAMIRO se hace saber la siguiente Resolución de fs. 57: S. S. DE JUJUY, 14/08/12: AUTOS Y VISTOS…RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE: 1.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO MASVENTAS S. A. en contra de AQUINO, GASTON JORGE RAMIRO hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON DIECISEIS CTVOS. ($4.268,16.-) con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales, con más el 50% de los intereses punitorios pactados (Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. EKEL MEYER en la suma de PESOS: UN MIL ($1.000,00.-), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada n° 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. N° 54, FO 673/678, N° 235, en Expte. N° 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Exp. N° B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido encausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere. III.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 11, mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV.- Firme la presente, intimase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- VI.- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar por edictos, etc.-FDO. DRA. CRISTINA MARCO -JUEZ -Por habilitación- Ante mi DRA. MARIA MERCEDES NUÑEZ ANGEL.- Prosecretaria.- A tales efectos publíquense EDICTOS en el BOLETIN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.- SECRETARIA N° 2: 14 DE AGOSTO del 2012.-DRA. MARIA MERCEDES NUNEZ ANGEL – PROSECRETARIA.-

26/28 DIC. 02 ENE. LIQ. Nº 107447 $ 60,00.-