BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 22/12/2014

Dra. Norma Issa, Pte. de Trámite, en la Vocalía N° 9, Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. N° B-239.755/10, caratulado: “PRESCRIPCION ADQUISITIVA EN B-201.963/08 VERA, PRIMITIVA C/IBARRA, FRANCISCO Y LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO”, se ha dictado el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de agosto del 2014.-I).-Proveyendo el escrito de fs.119, Córrase traslado de la demanda al SR. FRANCISCO IBARRA (y/o sus herederos), y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir (CIRCUNSCRIPCIÓN 2 ,SECCIÓN 2, PARCELA S/N, PADRÓN N-1420, MATRICULA N-1942, ubicado en el Pueblo de Yavi), mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de quince (15) días hábiles, más cuatro (4) días en razón de la distancia, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art.298 del C.P.C., Art.531° del C.P.C.-Conf. Modificación Ley 5486).-A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art.535° del C.P.C.-modif. Ley 5486). Intímaselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley.-II) Se hace saber que la confección de las diligencias ordenada supra, será a cargo del interesado, las que deberán ser presentadas para confronte y firma de la Actuaria de esta Vocalía, con la debida antelación y bajo apercibimiento de considerarse que se incumple con el deber de colaboración (art.72 del C.P.C.).-III) Notifíquese (art.155/6 del C.P.C.).-FDO. DRA. NORMA ISSA-PTE. DE TRÁMITE-ANTE MI DRA. NORA AIZAMA-SECRETARIA”.-San Salvador de Jujuy, 01 de Setiembre de 2014.-

19/22/29 DIC. LIQ. Nº 119865 $145,00.-