Ley Nº 5220

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 5220

MODIFICACION DE LA LEY Nº 5080 “DE CREACION DEL PARQUE INDUSTRIAL DEL

DEPARTAMENTO LEDESMA”

 

ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 1 de la Ley Nº 5080, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1.- Créase el Parque Industrial del Departamento Ledesma el que estará radicado en las Manzanas Nros. 102, 103, 104, 105, 111 y 112 del Plano de la ciudad de Calilegua que como Anexo I integra la presente Ley y que constituye parte de los inmuebles donados por la Empresa Calilegua S.A.A.I y C. a favor del Estado Provincial mediante Escritura Pública Nº 481 del 30 de octubre de 1994”.

ARTICULO 2.- Las Manzanas Nros. 108, 109 y 110 serán destinadas a dar solución habitacional a las familias de escasos recursos para lo cual la Dirección General de Inmuebles procederá a lotear y realizar la distribución de los lotes cumpliendo los requisitos establecidos en al Ley Nº 3169 –De Tierras Fiscales-.

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de noviembre de 2000.-

 

 

EDUARDO VICTOR CAVADINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

LEGISLATURA DE JUJUY

 

Ing. HECTOR RUBEN DAZA

PRESIDENTE

LEGISLATURA DE JUJUY

 

 

 

 

Sancionada 30/11/2000

Publicado en BO Nº 1 de fecha 03/01/2001

Modifica  LEY Nº 5080