BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 17/12/2014

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº C-035037/14 Caratulado: “PEDIDO DE QUIEBRA DIRECTA: CORDERO PATRICIA MÓNICA”,: SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DE NOVIEMBRE del 2.014.-AUTOS Y VISTOS…-CONSIDERANDO:…-RESUELVE: 1-Declarar el estado de quiebra de la Sra. PATRICIA MÓNICA CORDERO DNI Nº 14.660.467 (CUIT Nº 27-14660467-1) y/o COLEGIO MAYOR JUJUY CUIT Nº 30-71454141-9 con domicilio real en calle Juana Manuela Gorriti 790 PA de esta ciudad, en los términos del art.82 de la LCQ.-Fijar audiencia para el sorteo del sindico el día 27 de noviembre del 2014 la que se llevará a cabo en la Superintendencia del Poder Judicial, de conformidad a lo dispuesto en la Acordada de fecha 12 de junio de l.996, debiéndose librar para su conocimiento el oficio pertinente, como asimismo al Consejo de Ciencias Económicas de esta Provincia en conformidad a lo dispuesto en la Acordada Nº 17/14 del Excmo. S.T.J.-3-Decretar INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES de la fallida, debiendo librarse los correspondientes oficios para la anotación de la quiebra y la inhibición dispuesta, a los registros correspondientes (Nacional de la Propiedad Automotor, Dirección General de Inmuebles, Registro Publico de comercio, Registro de marcas y señales, AFIP, Municipalidad, Dirección General de Rentas, Entidades bancarias, Registros de Minas, Registro Nacional de la Propiedad Automotor con competencia en maquinarias agrícolas, viales industriales y créditos prendarios) (inc.2).-4.-Ordenar al Sr. Oficial de Justicia que en turno corresponda que con HABILITACION DE DIAS Y HORAS se constituya en el domicilio de la fallida y proceda a realizar el inventario de los bienes que se encuentran el mismo, designando depositario judicial a la Sra. Patricia Mónica Cordero como a la representante de la Cooperativa en formación Colegio Mayor Jujuy Coop. Ltdo. Dra. Gloria Vilma Díaz de Bianco DNI Nº 13.125.093.-5.-Respecto al desapoderamiento de todos los bienes de la fallida en los términos y con el alcance dispuesto por el art.107 y ccs. de la LCQ corresponde suspender dicha medida como asimismo el cese de la explotación comercial conforme a los fundamentos dados en los considerandos del presente.-6.-Tener presente los libros de comercio y demás documentación adjuntada con el escrito de demanda y en caso que la sindicatura considere que faltan algunos se intimara a la fallida a su presentación.-7.-Establecer expresa prohibición de efectuar pagos la fallida los que de hacerse carecen de eficacia. (inc.5).-8.-Ordenar se intercepte la correspondencia y comunicaciones dirigidas a la fallida, relativa a los negocios de la deudora, las que deberán ser entregadas al síndico. A tal fin deberán librarse los correspondientes oficios con constancia del domicilio de la fallida y del síndico. (inc.6).-9.-Ordenar a la fallida que se abstenga de abandonar el país sin previa autorización del Juzgado (art.103 del las LCQ). A tal fin, ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones, Aduanas, Gendarmería Nacional, Policía Provincial, Policía Federal, Policía Aeronáutica y Prefectura Naval (art.88 inc.8 LCQ).-10.-Fijar el día 13 de febrero de 2015 para que los acreedores presenten solicitud de verificación de los créditos ante la sindicatura, fijar el día 06 de abril del 2015 para la presentación del INFORME INDIVIDUAL y el día 22 de mayo del 2015 para que la sindicatura presente el INFORME GENERAL.-11.-Disponer que se oficie al Juzgado Federal de la Provincia y a todos los Juzgados y Tribunales Provinciales haciendo saber de la declaración de quiebra de la fallida; y se publiquen edictos durante CINCO DIAS en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación local. (art.89 LCQ), sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignar los fondos correspondientes en cuanto los hubiera.-12.-Citar a estar a derecho a la Cooperativa en Formación “Colegio Mayor Jujuy Coop. Ltdo. con domicilio en calle Belgrano Nº 611 1er. Piso de esta ciudad para que comparezca en el termino de cinco días bajo apercibimiento de ley.-12.-Notificaciones en Secretaría los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ello fuere feriado.(art.26 y 278 LCQ y 154 del C.P.C).-13.-Registrar, agregar copia en autos y notificar. En conformidad a lo dispuesto por el art.72 del C.P.C. imponese al proponente la carga de confeccionar los oficios ordenados los que deberán ser presentados al Juzgado para su debido control y firma en el término de CINCO DIAS. Notifíquese por cedula.-FDO. DRA. MARISA E. RONDON-JUEZ-ANTE MI PROC. MARTA J. BERRAZ-SECRETARIA.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE DICIEMBRE DEL 2.014.-Proveyendo el escrito de fs.255 de autos: Téngase por presentado al CPN MANUEL ALFREDO ALANIZ en el carácter de SÍNDICO designado en los presentes autos.-Proveyendo el escrito de fs.259 de autos: Atento a lo informado hágase saber a los acreedores que podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos ante la sindicatura en el domicilio de calle INDEPENDENCIA N° 122 P.B. Estudio Contable. HORARIO DE ATENCIÓN los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 17 a 19 horas y días de vencimiento de verificación tempestiva de créditos art.32 y periodo de observación art.34 sean de 08 a 10 hs. y de 17 a 19 hs. art.273 de la Ley de Concursos y Quiebras N° 24.522.-FDO. DRA. MARISA E. RONDON-JUEZ-ANTE MI. PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA-SECRETARIA.-Publíquese en el Boletin Oficial y un Diario Local durante CINCO DIAS.-Secretaria: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.-San Salvador de Jujuy, 11 de Diciembre de 2.014.-

15/17/19/22/24 DIC. S/C.-