BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 10/12/2014

La Vocalía N° 7 de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial, a cargo del Dr. Carlos M. Cosentini, Secretaría a cargo del Dra. Mariana Drazer en EXPTE. N° B-256719/11 caratulado: “ORDINARIO POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, COBRO DE PESOS: JORGE, MARCELA ELISABET C/AGÜERO MARTIN NICOLAS Y AGÜERO JORGE GUSTAVO” ha dictado el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, FEBRERO 22 DE 2012.-Por presentado el Dr. HUGO LUCIANO CHAGRA, en nombre y representación de MARCELA ELISABET JORGE, a mérito del instrumento que adjunta, y por constituido domicilio. De la demanda interpuesta y su Ampliación, TRASLADO a quienes se cita y emplaza para que la contesten, dentro del plazo de QUINCE DIAS de su notificación, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hicieren (Art.298 del C.P.C) Asimismo intimase a los demandados para que constituyan domicilio dentro de los TRES KILÓMETROS del asiento de esta cámara en el mismo plazo antes fijado, bajo apercibimiento de considerarse notificados por Ministerio de la Ley, todas las resoluciones posteriores (Art.52 del C.P.C).-Notifíquese (Arts.154 y 156 del C.P.C).-El presente edicto deber publicarse por Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy…de Noviembre de 2014.- Fdo. Dr. CARLOS M. COSENTINI; Ante mi Dr. ARIEL CUVA-Secretario-

05/10/12 DIC. LIQ. Nº 119692 $145,00.-