BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 10/12/2014

El Dr. Enrique R. Mateo, Vocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el EXPTE. B-232671/10 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: ORELLANA, ADRIANA PATRICIA c/FLORES MAIZARES, OSCAR BENANCIO”, se hace saber al accionado OSCAR BENANCIO FLORES MAIZARES, que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 29 de Mayo de 2014.-1.-Como lo pide la Dra. TERESITA BEATRIZ ROJAS, a fojas 93, notifíquese al co-accionado Sr. OSCAR BENANCIO FLORES MAIZARES los decretos de fojas 10 y 43 mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Mayo de 2010. Proveyendo al escrito de fs.6/9: Téngase por presentada a la Dra. TERSITA BEATRIZ ROJAS, quien lo hace en nombre y representación de Adriana Patricia Orellana quien viene por si y por la patria potestad que ejerce sobre su hijo menor de edad JUAN IGNACIO DI CESARE, a mérito del instrumento que en fotocopia juramentada acompaña, y obra agregado a fs.4/5, por parte y por constituido domicilio legal. A la reserva en Secretaria solicitada en el escrito que se provee: Téngase presente y sin perjuicio de lo dispuesto por el art.200 del C.P.C., resérvese los autos en Secretaria hasta que la parte interesada inste trámite. Atento que el informe actuarial que antecede, intímase a la presentante a reponer en el termino de CINCO DIAS de notificada, aporte inicial estampilla profesional, estampilla previsional y tasa de justicia, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de $5 por cada día de demora, más lo que dispone el art.19 de la L.O.,P.J. Dése intervención al Ministerio de Menores. Notifique por cédula.-“SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Diciembre de 2011.-Hágase saber a la Dra. TERESITA BEATRIZ ROJAS informe actuarial que antecede, previo hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs.10 tercer apartado. Proveyendo al escrito de fs.40: De la demanda interpuesta a fs.6/9 y su ampliación, córrase traslado con las copias respectivas en el domicilio denunciado a los accionados OSCAR BENANCIO FLORES MAIZARES, ISTANIS VIVEROS y ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. para que comparezcan a contestarla en el plazo de QUINCE DIAS; contados a partir de la notificación de la presente providencia para el primero y segundo de los nombrados, con mas VEINTIDÓS DIAS en razón de la distancia para el ultimo de los nombrados, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hicieren (art.298 del C.P.C.). Intimase a los accionados, para dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles las posteriores Resoluciones-cualesquiera fuere su naturaleza-por Ministerio de Ley. Notificaciones en secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado (art.54 del C.P.C.).-Notifíquese por cédula y a ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. por Carta Documento, debiendo la presentante correr con la confección de las notificaciones dispuestas y con los gastos que la misma demanden.-FDO. DR. ENRIQUE R. MATEO- ANTE MI DR. NESTOR DE DIEGO- SECRETARIO.-

03/05/10 DIC. LIQ. Nº 119643 $145,00.-