BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 05/12/2014
MODIFICACIÓN CONTRATO DE CLÍNICA LEDESMA S.R.L.-En la ciudad de Libertador General San Martín, departamento de Ledesma, Provincia de Jujuy, República Argentina a los once días del mes de Junio de 2013, se reúnen los señores HECTOR ALFREDO BRU MORON, de nacionalidad argentina, DNI. Nº 10.151.622, de estado civil casado, de nacionalidad argentina, profesión medico; MARIA ELENA BRUNETTI, de nacionalidad argentina, DNI. Nº 5.595.106, de estado civil casada, profesión comerciante; FEDERICO ALFREDO BRU MORON, de nacionalidad argentina, DNI. Nº 23.868.474, de estado civil soltero, de profesión empresario; CAROLINA BRU MORON, de nacionalidad argentina, DNI. Nº 25.780.308, de estado civil soltera, de profesión medica; SEBASTIAN BRU MORON, de nacionalidad argentina, DNI. Nº 26.893.763, de estado civil soltero, de profesión estudiante; todos con domicilio en calle Domingo T. Pérez Nº 41, Bº 18 de Noviembre de esta ciudad, mayores de edad y hábiles para contratar y representativos del cien por ciento del Capital Social de CLÍNICA LEDESMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripta en el Registro Publico de Comercio bajo Asiento Nº 4117 al Folio 194/203-Tomo I del Legajo XLV del Registro de Escrituras Mercantiles e inscripta al Folio Nº 34 Acta Nº 2.985 Libro VIII de la Matricula de Comerciantes, ambas con fecha 09 de Mayo de 1980; Modificación inscripta en el Registro Publico de Comercio bajo Asiento Nº 3 al Folio 7/42 del Legajo IV de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 23 de Febrero del 2001; Modificación inscripta en el Registro Publico de Comercio bajo Asiento Nº 18 al Folio 68/70 del Legajo VIII de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 17 de Marzo de 2005, convienen en celebrar la Modificación de la cláusula de Octava de Distribución de Resultados que quedara redactado de la siguiente manera:
PRIMERA: Modificase la Cláusula Octava del Contrato Social con efectos retroactivos al 01 de Abril de 2012 que queda redactada de la siguiente forma: “De las utilidades líquidas y realizadas que arroje cada balance aprobado, previa deducción del cinco (5%) por ciento para constituir el fondo de Reserva Legal, las Reservas Voluntarias que se determinen y la retribución de los gerentes, se distribuirá el remanente entre los socios en las siguientes proporciones: el Veinte por ciento (20%) para el socio HECTOR ALFREDO BRU MORON; el Veinte por ciento (20%) para la socia MARIA ELENA BRUNETTI; el Veinte por ciento (20%) para el socio FEDERICO ALFREDO BRU MORON; el Veinte por ciento (20%) para la socia CAROLINA BRU MORON; el Veinte por ciento (20%) para el socio SEBASTIAN BRU MORON. Las pérdidas, si las hubieren, serán soportadas por los socios en las misma proporción.”-SEGUNDA: Las demás cláusulas vigentes y no modificadas por el presente instrumento tienen plena validez.-TERCERA: Se faculta al Dr. ROBERTO EMILIO BARRIOS, Matricula Profesional Nº 803, a efectuar los tramites pertinentes ante el Registro Publico de Comercio y cualquier otro organismo de control; con amplias facultades para aceptar las observaciones, contestar vistas y subsanar cualquier inconveniente que altere el normal desarrollo de las tramitaciones pertinentes.-Bajo las cláusulas que anteceden queda modificada la razón social CLÍNICA LEDESMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, obligándose los socios de la misma a su fiel cumplimiento.-ACT. NOT. Nº A-00991346 ESC. GONZALO IGNACIO TORO, TIT. REG. Nº 76 de ésta Ciudad.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art.10 de la Ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 14 de Mayo de 2014.-
MARTA I. CORTE
Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO
05 DIC. LIQ. Nº 119703 $60,00.-








