BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 03/12/2014

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº C-013727/13 Caratulado: “EJECUTIVO CARSA S.A. C/PAREDES JAVIER OSCAR, hace saber a la SR. PAREDES JAVIER OSCAR, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: S.S. de Jujuy, 07 de NOVIEMBRE del 2.013. Por presentado el Dr. MARTIN MEYER como apoderado de CARSA S.A. atento copia de poder juramentado que rola agregado en autos y por constituido domicilio legal. Atento a la demanda ejecutiva y lo que disponen el art.472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada, SR. PAREDES JAVIER OSCAR en el domicilio denunciado por la suma de PESOS SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS $6.196,38 que se reclama por capital con mas la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS $1.858,91 calculada para acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la misma hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndoles a la ejecutada a que manifiesten sobre si los viernes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS oponga excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Al efecto comisiónese al SR. JUEZ DE PAZ de la Localidad de PALPALÁ con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Asimismo intímese a la demandada para que en el mismo plazo antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS de asiento en este Juzgado. Asimismo córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.52 del ídem.-FDO. DR. SEBASTIAN CABANA-JUEZ HABILITADO-ANTE MI PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA-SECRETARIA.-Notifíquese a la demandada por edictos que se publicaran en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en CINCO DIAS.-Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.-SECRETARIA: SEC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.-San Salvador de Jujuy, 06 de Junio de 2.014.-

28 NOV. 01/03 DIC. LIQ. Nº 119554 $135,00.-