BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 07/11/2014
Poder Judicial de la Provincia de Jujuy: Dr. Francisco Javier Arostegui-Juez del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Causas Ley 3584, de la Provincia de Jujuy; en el EXPTE. Nº 14418/14, caratulado: “COLPARI Héctor Ariel: p.s.a. de Robo en ciudad Capital” del ex Juzgado de Instrucción en lo Penal Nº 3-Secretaría Nº 4. (Sumario Policial Nº 10.482-C-11); de conformidad a lo dispuesto por el artículo 140 del Código Procesal Penal, procede por el presente a notificar al procesado HECTOR ARIEL COLPARI, argentino, de 22 años de edad, soltero, diseñador gráfico, domiciliado en manzana 14, lote 5 del barrio Punta Diamante de esta ciudad Capital, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, nacido el 23 de diciembre de 1991 en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, hijo de Fernando Colpari (v), y de Norma Beatriz Mamaní (v), D.N.I. Nº 35.555.107, planilla prontuarial Nº 404.023 S.S., cuyo paradero se ignora, que en la causa de mención ha recaído la siguiente resolución: “SALVADOR DE JUJUY, 25 de septiembre de 2.014.-VISTOS: …DE LAS QUE RESULTA: …-Y CONSIDERANDO: …-RESUELVE: 1º) Procesar a COLPARI Héctor Ariel, ya filiado, como supuesto autor responsable del delito de ROBO SIMPLE, conforme lo dispuesto por los Art.164 del Código Penal.-2º) Mantener la libertad del procesado COLPARI Héctor Ariel, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 327 y 328 del Código Procesal Penal, y artículo 26 del Código Penal.-3º) Trabar embargo sobre los bienes del procesado COLPARI Héctor Ariel, hasta cubrir la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), conforme lo dispone el artículo 523 del Código Procesal Penal.-4º) Protocolizar, hacer saber, notificar, dar copia. Fdo.: Dr. FRANCISCO JAVIER AROSTEGUI, Juez; ante mi Dr. GERARDO NESTOR MARCHESI-Prosecretario Técnico Judicial”.-PUBLIQUESE POR TRES VECES EN CINCO DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL.-SECRETARIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE CAUSAS Nº 1 LEY 3584; 14 de Octubre de 2.014.-
03/05/07 NOV. S/C.-








