BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 07/11/2014
CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES: JOSÉ MARÍA DÉCIMA A FAVOR DE ROXANA BARRALES.-En la Ciudad de Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, a los 28 días del mes de Febrero del año dos mil Trece, comparecen en este acto el Sr. José María DÉcima DNI Nº 13.066.315 de Profesión Farmacéutico, MP Nº 377 con domicilio real en Mateo Nº 425 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, la Sra. Roxana Soledad Barrales, DNI Nº 31.036.051 de Profesión Farmacéutica, MP Nº 425 domiciliada en calle Río Bamba Nº 319, Departamento “C”, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, el Sr. Roberto Canevari DNI Nº 16.744.543 con domicilio en calle 23 de Agosto Nº 22 de la Ciudad de Monterrico, y por último el Sr. Miguel Ángel Galo DNI Nº 13.019.153 de Profesión Médico Cirujano domiciliado en calle 23 de Agosto Nº 97 de la Ciudad de Monterrico y dicen que vienen a formalizar el presente contrato de Cesión de Cuotas Sociales de acuerdo a las siguientes Cláusulas: PRIMERA: El Sr. José María DÉCIMA, Roberto Canevari, y Miguel Ángel Galo constituyeron mediante Contrato Privado De Transferencia De Cuotas Sociales, certificadas las firmas en igual fecha por ante la Escribana Claudia González, Titular del Registro Nº 70, CON ASIENTO EN LA Ciudad de Monterrico, la Sociedad en Comandita Simple denominada “FARMACIA CUMBRE S.C.S.” con domicilio social en calle 23 de Agosto Nº 22 de la ciudad de Monterrico de ésta Provincia, cuyo Capital asciende a la suma de PESOS ONCE MIL ($11.000) y fue totalmente suscripto e integrado por los nombrados socios.-SEGUNDA: El Sr. José María DECIMA, por este acto CEDE Y TRANSFIERE A TÍTULO DE VENTA a favor de la Sra. Roxana Soledad Barrales la parte de interés de Capital Comanditado por el valor nominal PESOS DOSCIENTOS ($200,00) que le corresponde, sirviendo el presente de suficiente recibo de pago.-TERCERA: La Sra. Roxana Soledad Barrales en su carácter de adquiriente, acepta esta cesión agregando que declara conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica-financiera-patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, como así también el contrato social y sus modificatorias, cuyos textos ratifica expresamente.-CUARTA: De común acuerdo las partes autorizan en forma expresa a la Dra. Amalia Beatriz Pigino, para efectuar las gestiones tendientes a inscribir el presente contrato de cesión de cuotas sociales en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.-Para constancia y de conformidad se firman 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Monterrico, Provincia de Jujuy, a los 28 días del mes de Febrero de Dos mil Trece.-ACT. NOT. Nº A-00975719 ESC. CLAUDIA ALICIA H. GONZALEZ, TIT REG. Nº 70 de la Ciudad de Monterrico.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art.10 de la ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 20 de Octubre de 2014.-
MARTA I. CORTE
Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO
07 NOV. LIQ. Nº 119358 $60,00.-








