BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 29/10/2014

Dr. Juan Pablo Calderon-Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº Uno, en los autos caratulados REF. EXPTE. Nº B-254277/11, caratulado: EJECUTIVO: CARSA S.A. C/DIAZ ALBERTO, se hace saber al Sr. DIAZ ALBERTO D.N.I. 24.790.382 que se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy 15 de AGOSTO del 2011”.-Por presentado el DR. JOSE MARIA VERA LAMBRISCA en calidad de apoderado de CARSA S.A. por constituido domicilio legal y por parte a merito de la copia juramentada de poder general para juicio que se acompaña.-II-Atento a lo previsto por los Arts.472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. DIAZ ALBERTO en el domicilio denunciado por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA CON 24/100 en concepto de capital y con mas la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE CON 10/100 ($99,10) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-III.-Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-IV.-Por el mismo termino intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.52 del Ítem.-V.-A tales efectos, comisiónese al SR. OFICIAL DE JUSTICIA, a quien se lo faculta para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario conforme lo dispuesto el ap 5º del art.27 de la Constitución Provincial.-VI.-Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-VII.-Actuando el principio contenido en el primer párrafo del art.72 del C.P.C., imponese al proponente la carga de confeccionar el oficio para su posterior control y firma del tribunal, los que deberá presentarse en Secretaría en el término de CINCO DIAS.-VIII-Notifíquese Art.154 del C.P.C.-FDO DRA. CRISTINA MARCO-JUEZ POR HABILITACION.-ANTE MI DRA M. JOSEFINA VERCELLONE-SECRETARIA.-Publíquese edicto en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por TRES (3) VECES en CINCO (5) DÍAS.-San Salvador de Jujuy, 21 de Agosto del 2014.-

27/29/31 OCT. LIQ. Nº 119144 $135,00.-