BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 22/10/2014
Dr. Juan Pablo Calderon-Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº Uno Secretaria Nº Uno, en los autos caratulados “REF. EXPTE. Nº B-270804/12, caratulado: EJECUTIVO: CARSA S.A. C/TEJERINA RAUL RICARDO”, se hace saber al Sr. TEJERINA RAUL RICARDO D.N.I. 25.981.374 que se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 27 de Junio del 2012.-I.-Por presentado el/la Dra. DI PASQUO LUCIA en nombre y representación de CARSA S.A. por constituido domicilio legal y por parte a merito de la copia juramentada de Poder Gral. para Juicios que se acompaña.-II.-Atento a lo previsto por los Arts.472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la demandada Sra. TEJERINA RAUL RICARDO en el domicilio denunciado por la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS DOCE C/30/100 ($3.612,30) en concepto de capital y con mas la suma de PESOS MIL OCHENTA Y TRES C/69/100($1.083,69) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-III.-Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-IV.-Para el cumplimiento de lo ordenado líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.-V.-Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-VI.-Téngase a la razón social de ALISES FANLO Y ASOC. S.A. como cesionaria de los honorarios que tenga a percibir el/a DRA. LUCIA DI PASQUO en los presentes autos a mérito del instrumento que se acompaña a fs.17/19 de autos.-VII-Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., imponese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma el que deberá presentarse en Secretaria en el término de CINCO DIAS.-VIII.-Notifíquese Art.154 del C.P.C.-Fdo. Dra. Cristina Marco-Juez por Habilitación-Ante Mi: Dra. M. Josefina Vercellone-Secretaria-Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por TRES (3) VECES en CINCO (5) DIAS.-San Salvador de Jujuy, 1º de Septiembre del 2014.-
22/24/27 OCT. LIQ. Nº 119130 $135,00.-








