BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 26/09/2014
Dr. R. Sebastián Cabana, Juez Habilitado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, en el EXPTE. Nº C-002518/13, caratulado: EJECUTIVO: GARBARINO SAICEI C/AUGUSTO DIEGO SEBASTIAN” hace saber al SR. AUGUSTO DIEGO SEBASTIAN el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 de Mayo de 2.013. Por presentada la Dra. LUCIA DI PASQUO, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la razón social GARBARINO S.A.I.C.E.I., a merito del Poder General para Juicios y trámites administrativos cuya copia debidamente juramentada rola agregada en autos.-2.-De conformidad a lo que dispone el Arts.472, 478 y 480 del C.P.C, requiérase de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO al demandado SR DIEGO SEBASTIÁN AUGUSTO en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS DOS MIL CIENTO DIECIOCHO CON 60/100 CTVOS ($2.118,60) en concepto de capital, con más la suma de PESOS MIL CINCUENTA Y NUEVE CON 30/100 CTVOS ($1.059,30) calculada para responder accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte efectuada, y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las facultades y prevenciones y formalidades de ley.-En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas u algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez Embargante.-En el mismo acto, cítese de REMATE a la parte demandad para que oponga excepciones legitimas, dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Corrase traslado a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo dentro del radio de los TRES KMS, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art.52 del CPC) Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-A tal fin librese Mandamiento, con las facultades inherentes al caso. Notifíquese art.154 del C.P.C.- FDO. DRA. MARISA E. RONDON-JUEZ-ANTE MÍ: SEC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA-SECRETARIA.-Se deja constancia de que las copias para traslado de la demandada se encuentra en Secretaría a su disposición.-Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.-San Salvador de Jujuy, 07 de Agosto de 2.014.-
24/26/29 SEP. LIQ. Nº 118926 $135,00.-








