BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 26/09/2014
Dra. Noemi Adela Demattei de Alcoba Vocal de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE Nº 202483/08 CARATULADO ORDINARIO POR COBROS DE PESOS CREDIMAS C/CARNICER CLAUDIO ADRIÁN se le hace saber al demandado la siguiente resolución que a continuación se transcribe “San Salvador de Jujuy, 07 de Febrero del 2.014. I-Agréguese en autos y téngase presente, factura y publicación de edictos de diario Pregón y Boletín Oficial, que adjunta. II-Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por la Dra. Silvana Lucia Di Pasquo a fs.81, dése por decaído el derecho a contestar la demanda al demandado Claudio Adrián Carnicer. III-Firme, se designara como representante de la misma al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. IV-Actuando en autos el principio contenido en el Art.50 del C.P.C. impónese a la proponente la carga de confeccionar la cedula correspondiente a los fines de la notificación a la demandada para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala. VI-Notifíquese por Cédula y al demandado en el domicilio denunciado. FDO: NOEMÍ ADELA DEMATTEI DE ALCOBA-Vocal-Por Ante mi: DRA. AGUSTINA GONZALEZ FASCIO-Secretaria.-Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.-San Salvador de Jujuy, 28 de Marzo de 2.014.-
24/26/29 SEP. LIQ. Nº 118918 $135,00.-








