BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 15/10/2014

POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY (D-1)-DEPARTAMENTO PERSONAL.-“EXPTE. Nº 0412-107-2011, caratulado: “Policía de la Provincia de Jujuy, SOLICITA DECRETO DISPONIENDO EL RETIRO OBLIGATORIO POR INVALIDEZ DEL PERSONAL DE ESTA REPARTICIÓN POLICIAL, POR ENCONTRARSE EN LAS PREVISIONES DE LA LEY DE RETIROS Y PENSIONES Nº 3759/81”, notifica al señor VILLANUEVA CONDORI RICARDO, DNI Nº 31.488.593, conforme a las previsiones del Articulo 51º, inc 4) y 59º de la Ley Nº 1886/48, de los términos del DECRETO Nº 5.057-G-14, San Salvador de Jujuy, 30 de Junio del 2014, VISTO… y CONSIDERANDO:..Por ello, en uso de las facultades que le son propias. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el cese en el Servicio activo del AGENTE VILLANUEVA CONDORI RICARDO-DNI Nº 31.488.593, Legajo 15.381, por encontrarse comprendido en las disposiciones previstas en el Art.14º Inc. k) conc. con el Art.22º inc. c) de la Ley de Retiros y Pensiones Nº 3759/81, (Retiro Obligatorio por Invalidez, por enfermedad desvinculada del servicio). ARTICULO 2º: Por la Policía de la Provincia (Departamento Personal) notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el Capitulo III, Artículo 50º, 51º y ccs. de la Ley Nº 1886/48, bajo apercibimiento de la instrucción de los sumarios administrativos/judiciales pertinentes por incumplimiento a lo normado por el presente Decreto. ARTICULO 3º: De forma.-Firmado: Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER-Gobernador; C.P.N. ARMANDO RUBÉN BERRUEZO; Ministro Jefatura de Gabinete; Dr. ALBERTO MATUK-Ministro de Gobierno y Justicia.-

08/10/15/17/20 OCT. S/C.-