BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 15/10/2014

Nº 306.-ESCRITURA TRESCIENTOS SEIS.-AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL de “3T SRL”, y REFORMA DEL CONTRATO SOCIAL.-En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciséis días del mes de septiembre de dos mil catorce, ante mí, MARIA SUSANA MACINA de CARRERA, Escribana Pública Autorizante, Titular del Registro Notarial Treinta y Dos, COMPARECEN los señores: Arturo Octavio DE TEZANOS PINTO, argentino, nacido el 21/06/1977, arquitecto, DNI Nº 25.954.517, CUIT/CUIL 20-25.954.517-0, casado en primeras nupcias con Maria Eugenia SANT, domiciliado en calle Pasaje Francia Nº 1026 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad; José Martín DE TEZANOS PINTO, argentino, nacido el 10/10/1982, soltero, productor agropecuario, DNI Nº 29.707.838, CUIT/CUIL 20-29707838-1, domiciliado en calle Espinosa Nº 561 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad; y María DE TEZANOS PINTO, argentina, nacida el 30/07/1981, empresaria, DNI Nº 28.646.207, CUIT/CUIL 27-28.646.207-9, casada en primeras nupcias con Ramiro Alberto Vallespinos, domiciliada en calle Espinosa Nº 559 del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad.-Los comparecientes son personas mayores de edad y afirmo conocer de acuerdo a lo normado en el inc. a) del art.1002 del Código Civil, quienes intervienen en su calidad de únicos socios titulares del 100% del capital social de la sociedad que gira en esta provincia bajo la denominación de 3T S.R.L.”, siendo su representante legal el Gerente Titular designado: la socia María DE TEZANOS PINTO, y Gerente Suplente el socio Arturo Octavio DE TEZANOS PINTO, ambos designados en el contrato constitutivo de la sociedad que actualmente se encuentra en trámite de inscripción por ante el Registro Público de Comercio bajo Expediente Nº C-029515/14, radicado ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 7 a cargo de la Dra. Lis Marcela Valdecantos Bernal, de los Tribunales Ordinarios de esta ciudad.-Y en tal carácter requieren mi actuación para otorgar por escritura pública un aumento del capital social originario y adecuar el contrato social con la reforma pertinente, acorde a lo que seguidamente EXPRESAN: PRIMERO: Mediante escritura Nº 244, de fecha 28/07/2014, autorizada por mí al Folio 1315, quedó constituída “3T S.R.L.”, estando actualmente en trámite de inscripción por ante el Registro Público de Comercio bajo Expediente Nº C-001113/13, radicado ante el Juzgado de Comercio Nº 2 a cargo del Dr. Juan Pablo Calderon, teniendo su domicilio en jurisdicción de esta provincia, habiendo fijado su sede social en calle Coronel Arias Nº 717 del barrio Ciudad de Nieva, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.-SEGUNDO: En el acto jurídico de su constitución, quedó fijado el capital social en la suma de $100.000 (pesos cien mil), representado por 100 cuotas de $1.000 de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas por los socios en la siguiente proporción: Arturo Octavio DE TEZANOS PINTO suscribe la cantidad de 34 cuotas sociales de $1.000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $34.000 (pesos treinta y cuatro mil), lo que representa un 34% del capital social.-José Martín DE TEZANOS PINTO suscribe 33 cuotas sociales de $1000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $33.000 (pesos treinta y tres mil), lo que representa un 33% del capital social; y María DE TEZANOS PINTO suscribe 33 cuotas sociales de $1000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $33.000 (pesos treinta y tres mil), lo que representa un 33% del capital social.-La integración se efectúa totalmente en dinero efectivo en este acto, aportando cada socio hasta un veinticinco por ciento (25%) de su suscripción, debiendo integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años.-TERCERO: Siendo los comparecientes quienes reflejan la voluntad social de “3T SRL”, atento ser los únicos miembros que integran el elenco societario, han decidido constituirse en sesión de Reunión de Socios en este acto, a los efectos de dejar debidamente acreditado con la presente que aprueban un AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL elevando el capital originario de pesos cien mil ($100.000) a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), significando un aumento de $100.000 (pesos cien mil), representativo de doscientas (100) cuotas sociales que suscriben los socios en la siguiente proporción: Arturo Octavio DE TEZANOS PINTO suscribe la cantidad de 34 cuotas sociales de $1.000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $34.000 (pesos treinta y cuatro mil), lo que representa un 34% del capital social.- José Martín DE TEZANOS PINTO suscribe 33 cuotas sociales de $1000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $33.000 (pesos treinta y tres mil), lo que representa un 33% del capital social; y María DE TEZANOS PINTO suscribe 33 cuotas sociales de $1000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $33.000 (pesos treinta y tres mil), lo que representa un 33% del capital social.-La integración se efectúa totalmente en dinero efectivo en este acto, aportando cada socio hasta un veinticinco por ciento (25%) de su suscripción, debiendo integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años.-CUARTO: Como consecuencia del aumento de capital aprobado y a los efectos de dejar determinada las cuotas sociales que tiene cada socio, se aprueba la REFORMA del contrato social en su cláusula cuarta, reemplazando su texto originario por el siguiente: “CUARTA: Capital Social.-Suscripción e Integración: El capital social lo fijan en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), representado por 200 cuotas de $1.000 de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas por los socios en la siguiente proporción: Arturo Octavio DE TEZANOS PINTO suscribe la cantidad de 68 cuotas sociales de $1.000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $68.000 (pesos sesenta y ocho mil), lo que representa un 34% del capital social.-José Martín DE TEZANOS PINTO suscribe 66 cuotas sociales de $1.000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $66.000 (pesos sesenta y seis mil), lo que representa un 33% del capital social; y María DE TEZANOS PINTO suscribe 66 cuotas sociales de $1.000 (pesos mil) de valor nominal cada una, o sea un total de $66.000 (pesos sesenta y seis mil), lo que representa un 33% del capital social.-La integración se efectúa totalmente en dinero efectivo en este acto, aportando cada socio hasta un veinticinco por ciento (25%) de su suscripción, debiendo integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años”.-Los comparecientes dejan así formalizado este aumento del capital social y la pertinente reforma introducida a la cláusula cuarta, ratificando en todo lo demás el contenido del contrato social que no resulta modificado con la presente.-LEÍDA esta escritura, los comparecientes así la otorgan y firman por ante mí doy fe.-ACT. NOT. Nº A-00163649 ESC. MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA, TIT. REG. Nº 32 de ésta Ciudad.-

Ordénese la publicación por un día de conformidad al Art.10 de la ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 29 de Septiembre de 2014.-

MARTA I. CORTE

Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO

15 OCT. LIQ. Nº 119085 $90,00.-