BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 08/10/2014

Dr. Carlos Cosentini, Pte. de Tramite, en la Vocalía Nº 7, de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-191059/08, caratulado: “DEMANDA POR ESCRITURACIÓN: BLANCA ASUNCIÓN GUARAYO POR SI Y POR SUS HIJOS EMANUEL JUAN TUPA Y ROMINA ALEJANDRA TUPA C/NORMA FELIPA CHAVARRIA”, hace saber a la Sra. NORMA FELIPA CHAVARRIA Y AL Sr. ERASMO CHAVARRIA el siguiente: PROVEÍDO de fs.30: San Salvador de Jujuy, 19 de Agosto de 2011.-I)-Por presentada la Dra. CARMEN RAQUEL MOGRO, en nombre y representación de la Sra. ROMINA ALEJANDRA TUPA, a merito del instrumento que adjunta, y por constituido domicilio legal.-II)-De la DEMANDA interpuesta (fs.09/10): TRASLADO a los demandados NORMA FELIPA CHAVARRIA y ERASMO CHAVARRIA, a quienes se cita y emplaza para que la contesten, dentro del plazo de QUINCE DIAS de su notificación, con mas CUATRO DIAS en razón de la distancia, bajo apercibimiento de tenerla por contestadas así no lo hicieren (art.298 del C.P.C.) Asimismo intimase a los demandados para que constituyan domicilio dentro de los TRES KILÓMETROS del asiento de esta Cámara en el mismo plazo antes fijado, bajo apercibimiento de considerarse notificados por Ministerio de Ley, todas las resoluciones posteriores (Art.52 del C.P.C.).-III)-Citase y emplazase a las personas que se consideraren con interés en esta causa para que, en el termino de QUINCE DIAS, contados a partir del décimo día posterior a la ultima publicación de los edictos respectivos, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. A esos fines, publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en diez días.-San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2014.-

03/08/17 OCT. LIQ. Nº 118997 $135,00.-