BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 08/10/2014

Dr. Juan Pablo Calderón, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE Nº B-244.378/10, Caratulado: “EJECUTIVO: JOSE ALBERTO RAMIREZ C/CHURQUINA MARIA EVA”, hace saber a la Sra. CHURQUINA MARIA EVA el siguiente decreto que a continuación se transcribe: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de febrero del 2013. Atento al estado de la causa y las constancias de autos, notifíquese a la demandada por edictos (art.162 del CPC). Fdo. Cristina Marco-Juez-Ante mi: Dra. Josefina Vercellone-Secretaria.-San Salvador de Jujuy, 15 de diciembre del 2010. Por presentado a la Dra. Mónica Marcela Rosales, por constituido domicilio legal y por parte, a merito de la copia juramentada de Poder general para juicios que se acompaña. Atento a lo previsto por los arts.272, 278, 488 del C.P.C. líbrese en contra de la demanda Churquina María Eva, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos TRES MIL QUINCE ($3.015), en concepto de capital reclamado con mas la suma de pesos NOVECIENTOS CUATRO ($904) presupuestado para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago trabese embargo sobre los bienes muebles de la demandada hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de negativa a persona responsabilizada y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. Córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual termino que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiera lugar. Asimismo, intímese a constituir domicilio legal dentro de los tres Km del asiento del juzgado, bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por ministerio ley (art.52 del CPC). Notifíquese (art.154 de CPC). Fdo: Dra. Cristina Marco-Juez por habitación-Ante mi: Dra. Josefina Vercellone-Secretaria.-Publíquese en el boletín oficial y en un diario local por tres veces en cinco días-Secretaria: Dra. María Cecilia Farfan.-San Salvador de Jujuy, 29 de Julio del 2014.-

06/08/10 OCT. LIQ. Nº 119021 $135,00.-