Ley Nº 5166
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5166
ARTICULO 1.- Con la denominación de “Día Grande de Jujuy”, declárese celebración provincial al día 27 de abril de cada año, en conmemoración de la Batalla de León ocurrida en esa fecha en el año 1821.
ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia, dispondrá la programación necesaria para que cada 27 de abril se realicen actividades alusivas de la Batalla de León, tendientes a conmemorar la misma y a exaltar su importancia en la causa independentista. A ese fin, los actos que se organicen en los establecimientos escolares deberán cumplirse el propio 27 de abril o el día hábil inmediato anterior, si aquel fuere feriado.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de abril de 2000.-
EDUARDO VICTOR CAVADINI
Secretario Parlamentario
LEGISLATURA DE JUJUY
Ing. HECTOR RUBEN DAZA
Presidente
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 13/04/2000
Publicado en BO Nº 58 de fecha 22/05/2000