BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 08/09/2014
ESCRITURA NUMERO CIENTO CINCUENTA.-Nº 150-MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL COOPER S.R.L-En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los treinta y un días del mes de Julio del año dos mil catorce, ante mí, MARIA SOLEDAD CONGIU, Escribana Pública Adscripta al Registro Notarial Nº 6, COMPARECEN: Los señores MANUEL MATEO, D.N.I. N° 30.726.718, CUIL 20-30726718-8, argentino, soltero, empleado, de 30 años de edad, con domicilio en calle Estanislao del Campo N° 297, Barrio Alto La Viña, de esta ciudad y JULIO CESAR ANTONIO VALDEZ FIGUEROA, D.N.I. N° 29.653.403, CUIL 20-29653403-0, argentino, soltero, comerciante, de 31 años de edad, con domicilio en calle Jorge Newberry N° 334, Barrio Gorriti, personas mayores de edad, hábiles, a quienes identifico conforme los términos del Articulo 1.002 inc. “a” del Código Civil, doy fe. Y los recientemente mencionados comparecen a este acto en su calidad de Socios de la Sociedad en formación que gira bajo el nombre de “COOPER S.R.L” a merito de: A) Contrato Constitutivo de Sociedad de Responsabilidad Limitada “COOPER S.R.L”, otorgado mediante Escritura Pública N° 119, de fecha 28 de Junio del año 2014; autorizada por mi y los recientemente mencionados EXPRESAN: PRIMERO: MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL 1.2) DEL ESTATUTO DENOMINACIÓN Y DOMICILIO SOCIAL: Como consecuencia de la presente se reforma la Cláusula Primera “DENOMINACION Y DOMICILIO SOCIAL” del Contrato Social, la misma quedará redactada de la siguiente forma: “PRIMERA: “La sociedad girara bajo la denominación de COOPER S.R.L. y tendrá su domicilio legal en calle Almirante Brown N° 939, Barrio San Pedrito, de esta ciudad, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, Republica Argentina; pudiendo el órgano de administración establecer agencias o sucursales y constituir domicilios especiales en cualquier punto de la provincia del país o del extranjero. SEGUNDO: Reforman también la Cláusula Segunda “OBJETO” del Contrato Social, la misma quedará redactada de la siguiente forma: “SEGUNDA: OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, la comercialización, distribución, producción, elaboración, importación y exportación de productos lácteos, fiambres, alimentos y bebidas en general sea por cuenta propia y/o de terceros, en el ámbito público en la órbita nacional, provincial o municipal por cualquier tipo de licitación o por cualquier otro tipo de contratación, o, en el ámbito privado, pudiendo desarrollar las siguientes actividades para lograr los fines establecidos: Comerciales: La compra venta, arrendamiento, producción, fabricación, importación, consignación, almacenaje, acopio, distribución y comercialización en el ramo mayorista y/o minorista de productos lácteos, fiambres y afines a la alimentación en general, elaborados o semielaborados propios y/o de terceros, Mediante la utilización de materias primas, el procesamiento, elaboración y/o, transformación de productos alimenticios, como fiambres, lácteos y todo otro afín. La adquisición, enajenación y explotación por cualquier tipo de patentes, marcadas, certificados de invención, nombres comerciales, de mejoras, y general de toda clase de derechos de propiedad industrial o derechos de autor, así como conceder derechos de licencia sobre los mismos. En general, la realización, celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social. TERCERO: TRAMITE DE INSCRIPCIÓN: Los otorgantes requieren y facultan por este acto a la Escribana Autorizante de la presente Escritura MARIA SOLEDAD CONGIU, a realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de la presente Modificación de Contrato Social en el Registro Público de Comercio de esta provincia, asumiendo la Sociedad los gastos y honorarios que origine la mencionada gestión. Previa lectura y ratificación de su contenido, firman los comparecientes, todo por ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art.10 de la ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 05 de Agosto de 2014.-
MARTA I. CORTE
Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO
08 SEP. LIQ. Nº 118766 $60,00.-








