BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 08/09/2014
ESCRITURA NUMERO OCHENTA.-Nº 80.-MODIFICACION DE CAPITAL SOCIAL DE SOCIEDAD: “SAN ANDRÉS S.R.L.” SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.-En esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintiséis días del mes de Agosto del año dos mil catorce, ante mí, JORGELINA ERICA VILLENA, Escribana Adscripta al Registro Notarial número once, con asiento en ésta Ciudad, comparecen ROXANA BEATRIZ FICOSECO, argentina, D.N.I Nº 23.581.995, CUIT 27-23581995-9, Contadora Pública Nacional, divorciada según sentencia de fecha 28/08/2002, dictada en el expediente N° B-83.058/02, por la Vocalía IV, del Tribunal de Familia, inscripta marginalmente en el acta de matrimonio, fotocopia de la cual agrego al legajo de comprobantes, domiciliada en calle Espinoza Nº 690, Barrio Ciudad de Nieva, de esta Ciudad; y SILVIA NOEMÍ FICOSECO, argentina, D.N.I. Nº 26.232.286, CUIT 27-26232286-1, casada en primeras nupcias con Pablo Alfredo Benítez, Escribana Pública Nacional, domiciliada en Lote 122, Barrio El Cortijo, de esta Ciudad, a quienes identifico en los términos del artículo 1002, inciso c del Código Civil, reformado por la ley Nº 26140, mediante la exhibición del documento relacionado, mayores de edad, doy fe.-Intervienen por si, y expresan: I)-Que por escritura numero setenta y cuatro, de fecha doce de Agosto del 2014, se constituyo una Sociedad: “SAN ANDRES S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada, que paso por ante mi, en el protocolo de esta año a mi cargo, doy fe, con un capital social de pesos veinte mil ($20.000,00).-II)-Que en virtud de lo dispuesto a fojas ocho (08), en el expediente C-029392/14, por la Jueza Doctora Marisa Eliana Rondon, del Juzgado de Comercio Nº 2, de esta Provincia, vienen por este acto a modificar el articulo cuarto, el cual quedara redactado de la siguiente forma:…CUARTA: (IV-Capital): El capital social es de pesos CIENTO CUARENTA MIL ($140.000,00), dividido en CIENTO CUARENTA (140) cuotas sociales de pesos UN MIL ($1.000) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: a) ROXANA BEATRIZ FICOSECO, setenta (70) cuotas sociales, por un total de pesos setenta mil ($70.000), integrando pesos setenta mil ($70.000,00); y b) SILVIA NOEMI FICOSECO, setenta cuotas (70) cuotas sociales, por un total de pesos setenta mil ($70.000), integrando pesos setenta mil ($70.000,00); todo el capital suscripto es integrado en dinero en efectivo, que representa el ciento por ciento (100%) por cien del Capital Social.-El capital podrá incrementarse, cuando se estime procedente, mediante cuotas suplementarias. La reunión de socios, por decisión que represente más de la mitad del capital social, lo aprobará y establecerá la forma y tiempo de emisión. Al aumentarse el capital se guardará la proporción de cuotas de que cada socio era titular al momento de la decisión. Previa lectura y ratificación firman en constancia los comparecientes todo por ante mí que certifico y doy fe.-Hay dos firmas que pertenecen a Roxana Beatriz Ficoseco y Silvia Noemi Ficoseco.-Esta mi firma y sello notarial, ante mi, JORGELINA ERICA VILLENA.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art.10 de la ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 1º de Septiembre de 2014.-
MARTA I. CORTE
Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO
08 SEP. LIQ. Nº 118759 $60,00.-








