BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 03/09/2014

CONTRATO DE CESION DE CUOTAS SOCIALES DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS GENERAL SAVIO S.R.L.-Los que suscriben FRANCISCO CRUZ, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 8.162.415,CUIL/CUIT 20-08162415-2,casado en primeras nupcias con Elvira Yugra, jubilado, nacido el 24 de Mayo de mil novecientos cuarenta y tres, con domicilio en calle Constitución N° 684, del Barrio General Savio de la Ciudad de Palpalá, Dpto Palpalá, de la Provincia de Jujuy, por una parte, en adelante el CEDENTE, y por la otra, como CESIONARIO, la señora ALICIA MARGARITA CRUZ ,argentina, Documento Nacional de Identidad N° 24.504.913,CUIT/CUIL 27-24504913-2, soltera, empleada, nacida el 15 de abril de mil novecientos setenta y cinco, con domicilio en calle Constitución N° 684, del Barrio General Savio de la Ciudad de Palpalá, Dpto Palpalá, de la Provincia de Jujuy, por la presente acuerdan celebrar el presente Contrato de Cesión, conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERO.-El Sr. FRANCISCO CRUZ es socio de la firma bajo la denominación de EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS GENERAL SAVIO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuyo Contrato Social se encuentra inscripto en el Registro Público de Comercial de la Provincia de Jujuy, al Folio 259/260, Acta N° 257, Libro I de S.R.L. y registrado con copia bajo Asiento 30, Folio 195/199 S.R.L. del Legajo II, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 19 de Julio del año 1993, y Modificación del Contrato Constitutivo inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, bajo Asiento N° 32, Folio 91/93, del Legajo II Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 08 de Septiembre del año 1994.-SEGUNDO: El Sr. FRANCISCO CRUZ, por este acto transfiere a TITULO DE CESION GRATUITA a favor de su hija ALICIA MARGARITA CRUZ, la totalidad de las cuotas sociales que le corresponden en la mencionada sociedad, cien (100) cuotas parte de valor nominal cada una de pesos cien (100), representativas el dos coma cincuenta y cinco por ciento (2,55%) del total del capital social.-TERCERO: Impuesta la Cesionaria del contenido de la presente Cesión, expresa su mas formal aceptación a la cesión de las cuotas sociales realizadas a su favor en los términos referidos, declarando que tiene pleno conocimiento del estado financiero de la empresa.-CUARTO: En virtud de la cesión, el Sr. FRANCISCO CRUZ, queda desvinculado de la sociedad, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a la misma, y que renuncia a todos sus derechos y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores, además agrega, que tampoco tienen reclamo alguno que formular a la cesionaria.-QUINTO: Por la presente el Cedente, declara bajo juramento que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.-SEXTO: Los gastos, sellados, inscripción que devengue el presente instrumento, será a cargo exclusivo de la Cesionaria, como así también se compromete a realizar todas las gestiones que sean necesarias ante la empresa para sus efectos legales.-SÉPTIMO: ASENTIMIENTO CONYUGAL: Por su parte, presente la cónyuge del Cedente ELVIRA YUGRA, Libreta Cívica N° 5.130.151, CUIL/CUIT. 27-05139151-5, presta su formal asentimiento a la disposición que realiza su esposo en los términos del artículo 1277 y concordantes del Código Civil.-ACT. NOT. Nº A-00137319 ESC. PATRICIA DEL VALLE ORTIZ TIT. REG. Nº 54 de ésta Ciudad.-

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art.10 de la ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 15 de Agosto de 2014.-

MARTA I. CORTE

Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO

03 SEP. LIQ. Nº 118715 $60,00.-