BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 20/08/2014

Dr. Ricardo Sebastián Cabana, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-236314/10, caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/NORMINA DANTE ITALO” Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco días, para cuyo caso el termino de emplazamiento comenzara a correr a partir del Quinto día de la ultima publicación, a la parte demandada Sr. NORMINA DANTE ITALO, D.N.I. N° 30.150.303, el siguiente proveído de fs.11.-“San Salvador de Jujuy, 03 de NOVIEMBRE de 2010.-Téngase por presentado el DRA. LUCIA DI PASQUO, en nombre y representación de CREDINEA S.A., a merito del Poder Gral. Para juicios que acompaña, por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los arts.472, 478 y s.s. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado SR/A NORMINA DANTE ITALO, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SETENTA CTVOS ($587,70)-concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS CON TREINTA Y UN CTVOS ($176,31) para acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de los mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.-Asimismo, requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo para que en el termino de CINCO DIAS, contados a partir de su notificación, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en los Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7 a oponer excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art.109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).-Asimismo, córrase traslado, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-Por igual término, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.52, haciéndole saber que los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al SR. OFICIAL DE JUSTICIA con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica en caso de ser necesario.-Notifíquese.-FDO. Dr. ROBERTO SIUFI: JUEZ. ANTE MI Dra. MARIANA DEL VALLE DRAZER: SECRETARIA.” Publíquese edictos, en el Boletín Oficial y en un Diario oficial, por tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, 22 de Mayo del 2014.-Dra. FABIANA OTAOLA, Pro-Secretaria.-

20/22/25 AGO. LIQ. Nº 118583 $135,00.-