BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 13/08/2014

Cámara en lo Civil y Comercial, Sala I, Vocalía N° 2, en el EXPTE. N° B-289.787/13, Caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: GERARDO RUBEN MORALES C/ASOCIACIÓN CIVIL, CULT. Y DEPORTIVA TUPAC AMARU, SALA, MILAGRO AMELIA ANGELA Y OTROS”, se ha dictado la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de junio de 2014…Asimismo notifíquese por edictos el traslado de la demanda a la ORGANIZACIÓN TITÍ GUERRA, atento lo informado por fiscalía de estado y las constancias del Expte. (fs.107 y vta.). En consecuencia córrase traslado de la demanda ordinaria por daños y perjuicios a la ORGANIZACIÓN BARRIAL TITÍ GUERRA, por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado a partir de la última publicación de los mismos (art.162 del C.P.C.) para que la contesten en el término quince días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada en los términos del art.298 del C.P.Civil. En igual plazo intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. Del asiento de esta Sala I, bajo apercibimiento de mandarse a notificar en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art.52 C.P.Civil)…”- FDO. Dra. MARÍA VIRGINIA PAGANINI-JUEZ PRESIDENTE DE TRÁMITE, ANTE MÍ, DRA. CLAUDIA R. CUEVAS-SECRETARIA”.-San Salvador de Jujuy, 2 de julio de 2014.-

13/15/20 AGO. LIQ. Nº 118563 $135,00.-