BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 30/07/2014
POLICÍA DE JUJUY-DEPARTAMENTO PERSONAL (D-1): REFTE. EXPTE. Nro.820-DP/14, Actuaciones Sumarias Administrativas al tenor del articulo 15 Inciso “d” del R.R.D.P., iniciadas de prevención, donde resulta infractor el Cabo Leg. 14.509 FELIX JAVIER VARELA, hecho ocurrido el 16-09-10. El Sr. Jefe de Policía de la Provincia de Jujuy, en Resolución Nro.796-DP/14 ha resuelto. Articulo 1ro. A partir del 16-09-10 pasar a revistar en SITUACIÓN PASIVA al Cabo Leg. 14.509 FELIX JAVIER VARELA numerario del Cuartel de Bombero Nro. 8 de la ciudad de la Quiaca, conforme las previsiones del articulo 98 inciso G de la Ley de Personal Policial Nro. 3758/81, con respectivas retenciones del 100 de sus haberes y demás suplementos de acuerdo a lo establecido en el articulo 131 inciso C del Cuerpo Legal antes mencionado, por lo motivos expuesto en el exordio. Articulo 2do: La Dirección Administración y Finanzas deberá proceder conforme lo establecido en el artículo 131 inciso C de la Ley de personal Policial nro. 3758/81, con respecto a los haberes que percibe el administrado, atento a lo dispuesto en el articulo 1ro del presente resolutivo. Articulo 3ro. La instrucción arbitrara los medios, a efectos de que el causante haga entrega del arma reglamentaria y demás accesorios que le fueron provista por la institución, los cuales deberán permanecer depositados en la División Armamento y Equipo (D-4), hasta tanto concluyan los motivos que dieron origen al presente dispositivo. Articulo 4to.: Ordenar que la instrucción de los obrados en el termino de 48 horas de recepcionada la presente, proceda a la notificación formal del administrado, conforme las previsiones del capitulo III titulo IV de la Ley Procesal Administrativa, capitulo VI titulo VI del Código Procesal Penal y Capitulo V del RNSA. Articulo 5to.: Con las formalidades de Ley, la actuante deberá intimar al administrado a reintegrarse al servicio al momento de su notificación, bajo apercibimiento de considerarse que desiste de continuar cumpliendo sus funciones voluntad propia. Articulo 6to.: Comunique, tome razón la Dirección de Administración y Finanzas, a efectos de cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 1ro. Pase copia a la Dirección General de Bomberos, al Departamento Operaciones Policiales, Cuerpo de Bomberos la Quiaca UR5, Por el departamento Personal D-1. Para conocimiento y notificación del causante de conformidad a lo establecido en la circular Nro. 007-DP/03. Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días Fdo. Enrique Martínez-Comisario Inspector-Policía Provincia de Jujuy.-
25/28/30 JUL. S/C.-








