LEY N° 2170

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
L E Y N° 2170 / 1951
IMPOSITIVA PARA EL AÑO 1952
ARTICULO 1°.- Autorízase a la Municipalidad de El Carmen para que
proceda a hacer efectiva la donación a favor del “Club Atlético El
Carmen”, de una fracción de terreno de propiedad municipal del lote 10
de la Manzana 15 del Pueblo de El Carmen, con destino a la
construcción de su sede social ó instalaciones deportivas, con las
siguientes medidas y límites: 15 mts. de frente al Este sobre la calle
San Martín; 58,60 mts. al Oeste limitando con los lotes 8 y 9; 82,00
mts. al Norte sobre la calle Coronel Arenas; y al Sud una Línea
quebrada que arrancando del esquinero Sud-Este en dirección al Oeste
36,40 mts. de este punto al Sud 10,10 mts. de este punto en dirección
al Oeste hasta encontrar el límite Oeste 39,40 mts. limitando con
mayor extensión de propiedad comunal.
ARTICULO 2º.- La Municipalidad de El Carmen establecerá las
condiciones bajo las cuales se cederá el terreno y facilitará los
recaudos y requisitos necesarios y legales para que el Club Atlético
El Carmen obtenga la escritura pública del terreno donado.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Diciembre de 1951.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
FRANCISCO GIMENEZ
Vicepresidente 1º